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Nota N°. 2167 PODRAN LAS AUTORIDADES LOCALES COMBATIR EL NARCOMENUDEO

Diputados de todos los grupos parlamentarios aprobaron la modificación del Artículo 73 Constitucional que permitirá a las autoridades locales de todas las entidades federativas conocer y perseguir delitos del fuero federal, particularmente el llamado narcomenudeo.
El dictamen, aprobado por 451 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones, establece que en materias concurrentes, las leyes federales indicarán los supuestos en que las autoridades del fuero común podrán conocer y resolver sobre delitos federales.
El documento será remitido a las legislaturas estatales para que lo ratifiquen, al menos la mitad más uno de éstas y pueda surtir efectos constitucionales.
El narcomenudeo es considerado como la actividad de comerciar con narcóticos, así como su posesión y suministro, cuando por la cantidad y presentación o forma de embalaje u otras circunstancias objetivas, se determine que es para su directa distribución en dosis individuales para el consumo personal, de aquel individuo que los adquiere o para quien los adquiera.
En el dictamen se indica que las autoridades de procuración de justicia federales y de las entidades federativas puedan conocer conjuntamente de determinados delitos federales y, estén facultadas para investigarlos, perseguirlos ante los tribunales federales o del fuero común, los cuales, a la vez, estarán facultados para conocer de los procesos respectivos e imponer las penas y demás sanciones que procedan.
En este sentido, las autoridades estatales podrán realizar la prevención, investigación, persecución y sanción del comercio, suministro o posesión ilícita de estupefacientes y/o sustancias psicotrópicas, cuando las condiciones de las mismas determinen que es para su directa distribución en dosis individuales.
El diputado Francisco Frías Castro (PRI), presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, comentó que la reforma representa el paso necesario para crear el sustento jurídico constitucional para el diseño de nuevos instrumentos de coordinación y colaboración entre la Federación y las entidades federativas.
Los delitos contra la salud, específicamente el narcotráfico, se encuentran tipificados en los artículos 193 a 199 del Código Penal Federal, y son considerados como graves y del fuero federal, debido a que son faltas contra la Federación.
Según datos de la Procuraduría General de la República, del año 2001 al 2004 los delitos cometidos contra la salud ascendieron de 23 mil a 28 mil, respectivamente.
“La constante en esos tres años fue el alto porcentaje de delitos contra la salud cometidos por posesión de droga, un total de 57,645, que representan el 77 por ciento, lo cual denota una gran actividad en la modalidad de distribución al menudeo”, revela el informe.
De acuerdo a la PGR, tan sólo en el Distrito Federal, del 2001 al 2004, el narcomenudeo se incrementó en un 762 por ciento, los puntos de droga se han triplicado y se comercializan 18 toneladas de estupefacientes al año; mensualmente se distribuyen una tonelada y media en dos mil 111 puntos de venta.
AZ/JGM

 
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