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Nota N°. 2493 PROPONE DIPUTADO DEL PRI QUE ALDF TENGA FACULTAD EXCLUSIVA PARA REMOVER AL JEFE DE GOBIERNO Y NOMBRAR SUSTITUTO

El diputado Hugo Rodríguez Díaz (PRI) presentó una iniciativa de reforma constitucional para otorgar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) la facultad única y exclusiva de remover al Jefe de Gobierno y que en éste y otros casos, como la renuncia, la ALDF nombre a quien lo deba sustituir.

En el documento que presentó en el Pleno y que fue turnado a comisiones, Rodríguez Díaz señaló que el Distrito Federal ya cuenta con mecanismos institucionales semejantes a los de las entidades federativas, como la elección del titular del Ejecutivo capitalino y un órgano legislativo local.

Por esa razón, agregó, se hace innecesario que tanto el Presidente de la República como el Senado intervengan en una decisión que debe ser tomada por los capitalinos.

El legislador priísta explicó que actualmente hay dos normas en dos artículos Constitucionales en los cuales se expresa un órgano diferente con facultades para nombrar a quien deba sustituir al Jefe del Gobierno.

El Artículo 76 en su fracción IX le otorga esta facultad al Senado de la República a propuesta del Ejecutivo Federal y el Artículo 122, en su Apartado "C", Base Primera, párrafo V, inciso d), contempla que una de las facultades que tendrá a su encargo la ALDF, será la de nombrar a quien deba sustituir, en caso de falta absoluta, al Jefe del Gobierno capitalino.

Recordó que actualmente en el Distrito Federal se tiene un Estatuto de Gobierno que hace las veces de una Constitución estatal; un Jefe del Gobierno que hace las veces del Ejecutivo local y una Asamblea Legislativa similar a un Congreso local.

Señaló que el marco jurídico-institucional de la capital acusa imperfecciones en su funcionamiento.

Como ejemplo señaló que el reciente proceso de desafuero contra el Jefe de Gobierno significó una prueba de la debilidad institucional de las reformas que precedieron, pues se encontraron muchos "vacíos" o "lagunas" jurídicas que redundaron en objeciones o criterios contrapuestos al texto de las leyes.

De prosperar la iniciativa, en el caso de remoción del Jefe del Gobierno, la ALDF, a propuesta de alguno de sus diputados, nombrará un sustituto que concluya el mandato, mientras que en caso de falta absoluta, por renuncia o por cualquier otra causa, será la Asamblea quien designará a un sustituto que termine el encargo.

AZ/JGM

 
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