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Nota N°. 2897 MODIFICAN LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y LA LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN

La Cámara de Diputados modificó la Ley Federal de Telecomunicaciones y la Ley Federal de Radio y Televisión, para que las concesiones se otorguen a través de subasta pública, el Instituto Federal Electoral (IFE) se encargue de contratar la publicidad electoral y se estimule la producción independiente, entre otros aspectos.

El dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Radio, Televisión y Cinematografía reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de ambas leyes y fue aprobado por 327 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. El documento será turnado al Senado de la República.

En la iniciativa, presentada por el diputado Miguel Lucero Palma (PRI), se establece que tiene el propósito de actualizar la normatividad de radio y televisión de acuerdo con los estándares internacionales surgidos a propósito de la convergencia tecnológica.

Se recuerda que la Ley Federal de Radio y Televisión y la Ley Federal de Telecomunicaciones constituyen la columna vertebral del marco normativo aplicable a los medios electrónicos de comunicación, de señal abierta y restringida.

Sin embargo, señala que los recientes avances tecnológicos en materia de convergencia digital han propiciado que tales ordenamientos se interrelacionen, llegando a convertirse en uno solo, como ha ocurrido en legislaciones extranjeras.

Señala que México adoptó el estándar tecnológico para la televisión digital y próximamente lo hará en lo que respecta a la radio, con lo que los concesionarios y permisionarios podrán prestar servicios adicionales, además de ofrecer mejor calidad en la recepción de sus señales.

Esta situación tendrá, como consecuencia inmediata, que las normas jurídicas que actualmente regulan estos servicios converjan en un orden normativo más acorde.

Por lo tanto, se reforman los artículos 13; 64 y 65, y adicionan las fracciones XV y XVI, al artículo 3, así como los artículos 9-A, 9-B, 9-C, 9-D y 9-E, a la Ley Federal de Telecomunicaciones.

Asimismo, se reforman los artículos 2, 3, 9, 16, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 25, 26 y 28; se adicionan los artículos 7-A; 17-A, 17-B, 17-C, 17-D, 17-E, 17-F, 17-G, 17-H, 17-I, 17-J, 21-A, 28-A, 28-B, 72-A y 79-A; y se deroga el artículo18, de la Ley Federal de Radio y Televisión.

La Iniciativa se centra en cinco aspectos fundamentales.

La Comisión Federal de Telecomunicaciones asume las atribuciones y facultades que actualmente se encuentran conferidas a la Dirección General de Sistemas de Radio y Televisión en materia de regulación de los servicios.

El dictamen también establece un sistema para otorgar las concesiones a través de una licitación en subasta pública.

Se asegura que esta medida pondrá fin a las facultades discrecionales del Ejecutivo Federal en el otorgamiento de la concesión, propiciará una sana competencia entre todos los prestadores del servicio de radio y televisión y evitará la concentración de éste en unas cuantas manos.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes elaborará el Programa de concesionamiento de frecuencias de radiodifusión y la Comisión Federal de Telecomunicaciones tendrá a su cargo la administración y operación del proceso de otorgamiento de concesiones de frecuencias

También establece que el Instituto Federal Electoral (IFE) será el encargado de contratar la publicidad electoral de los partidos políticos durante los procesos electorales, para garantizar la equidad en el acceso a los medios electrónicos de comunicación, en plena congruencia con la transparencia y rendición de cuentas.

Asimismo, se obliga a los concesionarios a informar al IFE sobre las contrataciones de publicidad que realicen los partidos políticos o los candidatos a cualquier puesto de elección popular, así como a proporcionar la información que, sobre la materia, les solicite dicho Instituto.

Obliga a los concesionarios a ofrecer tarifas equivalentes a las de la publicidad comercial en la contratación de espacios publicitarios para partidos políticos o candidatos.

Sobre los productores independientes de programación transmitida a través de los sistemas de radiodifusión se establece que las emisoras que incluyan en su emisión, por lo menos, un 20 por ciento de estos materiales, tendrán derecho a incrementar en un cinco por ciento su tiempo diario de comercialización.

Con esta medida se pretende fomentar la producción independiente de programas radiodifundidos que, en muchos casos, no tienen la posibilidad de acceder a los medios electrónicos.

JGM

 
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