La Cámara de Diputados aprobó sanciones de uno a nueve años de prisión a quien adultere, falsifique, contamine o altere medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos para el uso o consumo humanos, así como para quien los fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones correspondientes.
El documento, que adiciona un artículo 208 bis a la Ley General de Salud, también impone tres años de prisión y una multa de 25 mil días de salario mínimo a quien comercialice los fármacos distribuidos como muestras gratuitas por la Secretaría de Salud.
El dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y Salud fue aprobado por 316 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones y será turnado al Senado de la República para su trámite correspondiente.
María Cristina Díaz Salazar (PRI), autora de la iniciativa, expresó en Tribuna su preocupación porque hasta ahora la falsificación de medicamentos no figura en la legislación sanitaria, sólo la alteración o adulteración.
El presidente de la Comisión de Salud, José Ángel Córdova Villalobos (PAN) dijo que el problema de la falsificación de medicamentos es global para gobiernos y fabricantes y reconoció que es difícil identificarlos.
En el dictamen se obliga a los responsables sanitarios de los establecimientos que cuenten con un libro de control autorizado por la Secretaría de Salud.
También adiciona un artículo décimo transitorio a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República para prever la constitución de una Unidad Especializada de Investigación de Delitos Sanitarios.
Esta Unidad estará facultada para instruir a los agentes y peritos de la Policía Federal Preventiva (PFP) sobre los elementos que deben de ser investigados, así como sobre las acciones necesarias para acreditar el cuerpo del delito.
MB/JGM
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