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Nota N°. 3659 Aprueba el Pleno la Ley Federal de Seguridad Privada

Palacio Legislativo de San Lázaro 20 abril 2006.- (Notilegis). La Cámara de Diputados aprobó por 309 votos a favor, 0 en contra y 7 abstenciones la creación de la Ley Federal de Seguridad Privada, a fin de regular la prestación de servicios de seguridad privada, cuando éstos se presten en dos o más entidades federativas, en las modalidades previstas en esta ley y su reglamento, así como la infraestructura, equipo e instalaciones.

El presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Jorge Uscanga Escobar (PRI) dijo que esta legislación es la primera Ley en su tipo y crea un marco jurídico con determinadas cuestiones tales como: principios de legalidad, de seguridad jurídica y de certidumbre.

Dio a conocer que actualmente existen alrededor de 300 empresas reguladas, pero dejó en claro que hay más de dos mil que no están reguladas, por ello señaló la importancia de esta ley.
“Organizadas y controladas, estas empresas, se pueden prevenir delitos como el secuestro y robo, que son tan importantes”, dijo el diputado Uscanga Escobar.

Con la legislación, según el priísta, se propiciará la coordinación de la Secretaría de Seguridad Pública Federal con el prestador de servicios, en beneficio de los particulares.

La ley establece además, que para prestar servicios de seguridad privada en dos o más entidades federativas, se requiere autorización previa de la Dirección General de Registro y Supervisión a Empresas y Servicios de Seguridad Privada, para lo cual el prestador de servicios deberá ser persona física o moral de nacionalidad mexicana y cumplir con los requisitos establecidos en dicha Ley.

Una vez que la Dirección General reciba la solicitud de autorización, deberá solicitar a la entidad federativa donde el prestador de servicios tenga establecida o pretenda establecer su oficina matriz, un informe sobre los antecedentes profesionales, de imagen e impacto social del peticionario. Dicho informe deberá ser remitido por la autoridad local en un plazo máximo de quince días hábiles, y será tomado en cuenta por la Dirección General al momento de resolver lo procedente.

Plantea también la estructuración de un banco de datos que permita detectar las causas que originan los delitos; el establecimiento de un sistema de evaluación, certificación y verificación del prestador de servicios, personal, operativo, así como de la infraestructura relacionada con las actividades y servicios de seguridad privada.

La ley que fue turnada al Senado de la República, comprende 44 artículos en seis títulos, así como 3 transitorios.

MB

 
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