Palacio Legislativo de San Lázaro 20 abril 2006.- (Notilegis). Los diputados pertenecientes a la Comisión de Salud aprobaron las reformas a las leyes General de Salud y del Código Federal de Procedimientos Penales, que sancionarán a quienes trafiquen con drogas a menor escala.
El objetivo de la reforma es que las instancias de procuración e impartición de justicia y las de ejecución de sanciones penales locales, castiguen a los responsables de narcomenudeo.
Se impondrán de cuatro a ocho años de prisión y multas de 200 a 400 días de salario mínimo, a quien comercie o suministre, aún gratuitamente, narcóticos, y si llegaran a distribuirse estupefacientes a menores de edad, se aplicará una pena de siete a quince años de prisión, además de la misma cantidad de penalización económica.
Dentro de estas reformas no se contempla proceder en contra de los farmacodependientes a quienes se les encuentre algún narcótico para uso personal; por eso, la cantidad de estupefacientes tolerada debe ser la estrictamente necesaria para su inmediato consumo personal, sin que pueda admitirse que posea, guarde o almacene narcóticos para un periodo más largo, por el peligro de suministrar a terceros.
Por ejemplo, la cantidad mínima personal permitida de opio para fumar es de 5 gramos; de heroína, 25 miligramos; marihuana, 5 gramos y cocaína 500 miligramos.
Se espera que este dictamen sea aprobado en el Pleno de la Cámara de Diputados la próxima semana, pues el narcomenudeo afectan de forma grave a la población por las múltiples consecuencias que tiene esta clase de delitos.
Se estima que sin la colaboración y corresponsabilidad de justicia local en el narcomenudeo, la Administración de Justicia Federal sería insuficiente dada la magnitud del problema.
AC
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