Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Nota N°. 3704 Aprueban Minuta de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Palacio Legislativo de San Lázaro, 25 de abril de 2006. (Notilegis). Con 363 votos a favor y una abstención, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de Ley de Navegación y Comercio Marítimos que regula el otorgamiento de permisos temporales de navegación de cabotaje para embarcaciones extranjeras y reactiva la marina mercante.

La ley, presentada por las Comisiones Unidas de Transportes y de Marina, también impulsa el abanderamiento de embarcaciones como mexicanas y la contratación de un número mayor de tripulantes de nuestro país.

El texto señala la necesidad de adecuar el marco jurídico en la materia, a fin de que la marina mercante mexicana fortalezca su participación en los servicios relacionados con la navegación de cabotaje y de altura en el mediano plazo; genere empleos para nuestros mercantes e incentive el crecimiento de la flota mercante nacional y de las industrias periféricas.

La iniciativa por la que se crea dicha ley había sido aprobada por la Cámara de Diputados el 12 de diciembre de 2002 y turnada al Senado, que modificó diversos artículos en sesión del 15 de diciembre de 2003, por lo que regresó a San Lázaro

En la nueva normatividad se fortalece la figura del capitán de puerto como máxima autoridad portuaria, con el objetivo de que las actividades comerciales no pongan en riesgo la seguridad del puerto ni interfieran con los intereses económicos y las embarcaciones vinculadas en cada operación.

Asimismo, con el fin de fomentar el turismo náutico, pero sin poner en riesgo la seguridad de las personas, se flexibiliza el sistema de despachos de salida para embarcaciones de recreo y deportivas, las cuales quedan exentas de la obligación de tramitar los despachos aunque con la exigencia de dar aviso a la capitanía de puerto de su llegada y de su salida.

El nuevo ordenamiento incorpora, como referencia, diversas disposiciones legales internacionales suscritas por nuestro país y que regulan la navegación y el comercio marítimo en el exterior.

Sin embargo, la diputada Irma Figueroa reservó diversos artículos. En tribuna, señaló que el Senado de la República realizó modificaciones a los artículos 1º, párrafo segundo; 3º, inciso c; 8º, fracciones II, XVII y XX; además del 9º, fracciones VII, VIII y XII, relacionados con su redacción y la definición de aguas marinas interiores, que fueron aprobados.

Además, se aprobó el artículo 34 reservado por el diputado Sebastián Calderón Centeno (PAN).

La iniciativa fue turnada al Senado para su análisis y posible aprobación.

SH

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos