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Nota N°. 3201 Presenta pan iniciativa sobre juicio político y declaración de procedencia

A fin de establecer un verdadero y efectivo marco jurídico que impida la impunidad en el servicio público y garantice la estabilidad y correcto ejercicio de la función de los servidores públicos, el diputado Alvaro Elías Loredo (PAN), propuso una nueva Ley Reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Juicio Político y Declaración de Procedencia.

“Es necesario perfeccionar el marco legal que regula el juicio político y la declaración de procedencia, adecuándolo a una realidad que nos ha llevado a emplear estos organismos constitucionales, cada vez con mayor frecuencia”, consideró.

El también Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados señaló que con esta reforma se generará mayor certeza jurídica en procedimientos constitucionales, específicamente en materia de responsabilidades políticas, penales y administrativas de los servidores públicos.

Se pretende también crear una herramienta más para la consolidación de la democracia, que en un sistema de división de poderes requiere de pesos y contrapesos necesarios para un adecuado equilibrio entre dos poderes, agregó.

Consideró que el Estado de derecho exige la elaboración de normas auténticamente jurídicas y un esfuerzo concurrente de la totalidad de los órganos del Estado presidido por la justicia.

Por ello, agregó, el Congreso tiene que asumir plena y responsablemente su categoría de poder, con el ejercicio eficaz de las facultades exclusivas o concurrentes que a la Cámara de Diputados y al Senado atribuye la Constitución, no sólo para legislar, sino contribuir a la correcta orientación política de la administración y ejercer el control de ésta.

La iniciativa, fue turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación y Justicia y Derechos Humanos, establece que en el procedimiento de juicio político se incorporó el principio de presunción de inocencia, por considerarse que cualquier ciudadano objeto de una acusación y sujeto a un procedimiento de naturaleza materialmente jurisdiccional y de consecuencias jurídicas debe estimarse, de inicio, inocente, y ser la autoridad quien demuestre su culpabilidad.

Se propone que la Sección Instructora deberá integrarse al inicio de cada Legislatura, al igual que ocurre con las Comisiones ordinarias; asimismo, se establece que la integración de la Instructora y la de Enjuiciamiento tienen que reflejar la pluralidad de la Cámara de Diputados y el Senado, respectivamente, además que dichos órganos estén integrados por un número impar.

También se señala que la Sección Instructora deberá estar integrada al inicio de cada legislatura y que se mantenga de Legislatura a Legislatura al igual que ocurre con las comisiones ordinarias.

El documento cita que se suprime la Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Diputados, ya que no tiene ninguna función práctica y sólo sirve como depósito de diputados sin otra función que la de ser elegibles para formar parte de la Sección Instructora.

Asimismo, solicita eliminar también la Subcomisión de Examen Previo, con la finalidad de evitar un número excesivo de trámites que sólo dificulta el desahogo de los procedimientos de juicio político, pasando sus funciones al ámbito de conocimiento de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados.

Por otra parte, se aclara expresamente que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal no podrá conocer de juicio político o declaración de procedencia en contra del jefe de Gobierno del Distrito Federal.

Se deja establecido expresamente en qué casos la ley se refiere a la Sección de Enjuiciamiento y cuándo a la Sección Instructora, para evitar confusiones o interpretaciones erróneas de texto legal.

También queda soslayada por completo la posibilidad de iniciar procedimiento de declaratoria de procedencia por denuncia de particulares eliminando la posibilidad de que la Sección Instructora se convierta en órgano investigador o inquisitivo.

DJ

 
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