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Nota N°. 3378 Con la Reforma a la Ley Minera se evitará el desperdicio de gas

Los diputados Francisco Javier Carrillo Soberón y Rosa María Avilés Nájera, del Partido de la Revolución Democrática, aclararon que las reformas aprobadas por la Cámara de Diputados a la Ley Minera y a la Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional no significan privatizar parte de la renta petrolera.

En declaraciones a la prensa, señalaron que hay una mala interpretación de las reformas de dichas leyes, ya que, “no es cierto que la Cámara de Diputados haya cedido ya la explotación del gas metano al sector privado”.

Precisaron que en la Ley Reglamentaria en el ramo del petróleo, sólo se modificó un artículo para precisar que el gas asociado a los yacimientos de carbón mineral, no forman parte de la industria petrolera.

En cuanto a la Ley Minera, comentaron que ésta permite que se otorguen concesiones para la explotación del carbón mineral, por lo que no resultaba sostenible que un subproducto de esa explotación, no estuviera incorporado a ese tipo de concesión.

“De tal manera, que si hay un subproducto que deriva de la explotación del carbón, está incluido en la misma concesión, este es el caso del gas grisú que se deriva exclusivamente del gas asociado a los yacimientos del carbón”.

El objetivo central de la reforma, puntualizaron, es atacar dos fenómenos derivados de la falta de precisión jurídica en el tema, como es el venteo irracional y sin control del gas de las minas carboníferas, con los consecuentes daños ambientales, y el desperdicio de un recurso natural no renovable.

Los legisladores señalaron que para no dar lugar a que se desnaturalizaran los propósitos de la reforma, a la iniciativa original se le hicieron, a manera de “candados”, varios cambios.

Entre ellos, se puntualiza que el gas susceptible de recuperarse y aprovecharse, es exclusivamente el que de manera asociada proviene de la explotación de los yacimientos de carbón mineral, sustituyendo el concepto de “gas no asociado al aceite mineral crudo”, contenido en la propuesta original, por el de “gas asociado a los yacimientos de carbón mineral”.

Se introdujo la obligación de los concesionarios de informar oportunamente sobre el descubrimiento tanto de gas asociado a los yacimientos de carbón mineral, como del gas no asociado a este recurso.

Asimismo, deberán acumular, registrar y proporcionar periódicamente información geológica a la Secretaría de Energía, relacionada con la recuperación y aprovechamiento del gas asociado a los yacimientos de carbón mineral.

También se estableció la cancelación de la concesión minera otorgada, como sanción a quien, sin la autorización previa de la Secretaría de Energía, recupere y aproveche el gas asociado a los yacimientos de carbón mineral u omita información sobre el descubrimiento tanto del gas asociado a los yacimientos de carbón mineral como del gas no asociado al mismo.

De lo que se trata es de reducir las emisiones contaminantes a la atmósfera y detener el desperdicio de un recurso energético que no es aprovechado actualmente.

Con estas reformas, enfatizaron, se aumenta en algo la eficiencia energética del país y se induce, colateralmente, una reducción de los factores de riesgo del trabajo en las minas.

DJ

 
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