Con 348 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones la Cámara de Diputados aprobó reformar el artículo 6 de la Ley de Aviación Civil y 18 de la Ley de Aeropuertos, a fin de que se permita contar con un registro nacional de aeródromos, además de que dará a la autoridad mayores instrumentos de supervisión y para hacer frente a actividades ilícitas.
En la exposición de motivos, las comisiones de Transportes y Comunicaciones consideran que la aviación debe entenderse como un instrumento estratégico para la actividad económica en el país, por lo que es necesario implementar políticas dirigidas a incrementar su desarrollo, a través de tecnologías ampliamente utilizadas.
La minuta del Senado de la República agrega la fracción XV al artículo 6 de la Ley de Aviación Civil, para establecer que la Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT) aprobará el plan de vuelo que previamente el operador presentará de manera escrita o bien transmitirá vía telefónica, interfono, frecuencia de radiocomunicación aeronáutica o cualquier otro medio electrónico.
Se establece además, la afirmativa ficta tratándose de permisos para la autorización, explotación y, en su caso construcción de aeródromos civiles distintos a los aeropuertos, lo que constituye un estímulo al desarrollo de la aviación, al otorgar mayor seguridad a los usuarios, dando certidumbre jurídica a quien solicita un permiso.
MB
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