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Nota N°. 1137 Presentará PRD punto de acuerdo para solicitar un aumento de emergencia a los mínimos

Palacio Legislativo, 09-III-2007 (Notilegis).- Frente al alza de productos de primera necesidad como la leche, arroz, frijol, huevo, carne, y ante el deterioro salarial de las familias, el diputado José Antonio Almazán González (PRD), presentará un punto de acuerdo para solicitar que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), por conducto de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI), acuerde un aumento de emergencia al salario, mismo que resarza el poder adquisitivo de los trabajadores.

Explicó que la STPS constitucionalmente tiene la obligación de tutelar los derechos laborales, para que, por su conducto y, en aplicación a lo que establece la Ley Federal del Trabajo en su artículo 570, le solicite a la CONASAMI que revise la situación de los salarios en nuestro país y, en su caso, decrete un incremento salarial de emergencia.

En entrevista, el secretario de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, dijo que la ley establece que se pueden revisar los salarios mínimos cuando las circunstancias económicas lo justifiquen. “Ahora estamos ante esa circunstancia, es decir, ha habido un incremento a los precios de la canasta básica, no es un asunto menor, eso está afectando la economía de por lo menos 14 millones de trabajadores que ganan entre uno y dos salarios mínimos”.

Almazán González refirió que el sentir de millones de trabajadores es de inconformidad con el incremento que dio la Comisión Nacional de Salarios Mínimos frente al alza de los precios. “Este aumento no resarce el poder adquisitivo, y lo que estamos viendo, particularmente a partir de la crisis del maíz, es que estamos en el inicio de una escalada inflacionaria de la cual el incremento al precio de la tortilla es solamente uno de los síntomas”, dijo.

Explicó que al subir el precio de la tortilla “se pulverizó el incremento a los salarios mínimos que la comisión decretó para este año; quedó hecho trizas”.

Por ello, indicó, esta situación representa “un pisoteo aberrante y absoluto” a la fracción VI, Apartado A del artículo 123 constitucional, y al artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo, que establecen que: El salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de sus hijos.

RRA

 
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