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Nota N°. 2842 Las subastas del IPAB a Construcciones Prácticas fueron transparentes: Fernández Labardini; la investigación continúa: Elías Cárdenas

Palacio Legislativo, 21-XI-2007 (Notilegis).- Al comparecer ante diputados de la Comisión Investigadora sobre el caso de la Empresa Construcciones Prácticas, la secretaria ejecutiva del Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB), María Teresa Fernández Labardini, dijo que las subastas donde resultó ganadora la empresa en cuestión se desarrollaron con procedimientos transparentes y públicos.

Dijo que los proceso fueron transparentes, donde se tenía que hacer un avalúo respecto de los bienes, y tenía que intervenir un notario público para la celebración de estas operaciones, incluyendo la presentación de las posturas.

En todas las enajenaciones no fue Construcciones Prácticas el único postor, y los bienes se obtuvieron porque el precio pagado fue por arriba del que estaba fijado en el avalúo de los bienes, comentó.

En su exposición, explicó que Construcciones Prácticas compitió con otros postores, y que en un bien subastado, denominado “Paquete C”, hubo 27 participantes en la licitación o subasta, y resultó como ganadora dicha empresa, al pagar un precio de ocho millones 100 mil pesos.

“Otro grupo de bienes es el inmueble-predio denominado “Los Pirules”, donde también hubo varios postores, y resultó ganadora Construcciones Prácticas, pagando un precio de cuatro millones 345 mil 621 pesos.”

Detalló que se obtuvieron también 275 departamentos ubicados en Puebla, donde la la empresa desembolsó la cantidad de 20 millones 933 mil pesos.

Fernández Labardini señaló que de acuerdo a lo previsto en los artículos 61, 63 y 64 del la Ley de Protección al Ahorro Bancario, el IPAB debe apoyarse en terceros especializados para determinar el valor de los bienes que son subastados, y que en este caso, para todas estas enajenaciones, la empresa Fénix fue el tercero especializado, quien estableció procedimientos que se tenían que llevar a cabo en apego a la ley y la normatividad aplicable.

“Considerando lo previsto en los artículos 61, 63 y 64 del la Ley de Protección al Ahorro Bancario, donde el IPAB tiene como mandamiento enajenar los bienes con el objeto de obtener el máximo valor de recuperación posible, y está facultado para encargar la administración y enajenación de los bienes a través de terceros especializados”, aclaró.

Al concluir la comparecencia de la secretaria ejecutiva del IPAB, María Teresa Fernández Labardini, el presidente de la Comisión, Elías Cárdenas Márquez (Convergencia), dijo en entrevista que lo expuesto por la funcionaria de que todas las adquisiciones de Construcciones Prácticas se apegaron a legalidad, son sólo el dicho de una institución.

“Nosotros tenemos más información de otras instituciones, y estamos en un proceso de análisis donde no cabe hablar de exoneraciones”, señaló, al tiempo que indicó: “el caso no está concluido, existen demandas, denuncias, investigaciones”.

Dijo que la postura del IPAB es defender los intereses que tienen encomendados, y que a pesar de ello, existen todavía “muchos hilos sueltos que vamos a amarrar nosotros para presentar un caso con pruebas y con contundencia”, donde se establezcan las responsabilidades en que incurrieron empresas de participación estatal como otros entes federales.

RRA

 
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