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Nota N°. 3720 Propone PAN Ley para garantizar derecho de réplica

Palacio Legislativo 8-IV-08 (Notilegis).-La fracción parlamentaria del PAN en la Cámara de Diputados promoverá una iniciativa para expedir la Ley para Garantizar el Derecho de Réplica, la cual tiene por objeto que se respete el honor, vida privada e imagen de las personas, en los medios de comunicación.

La iniciativa presentada por el diputado José Antonio Díaz García (PAN), explica que el derecho de réplica se entenderá comola prerrogativa de toda persona a que sean publicadas o difundidas las aclaraciones que resulten pertinentes respecto de datos o informaciones transmitidas o publicadas por medios de comunicación.

Éstos deberán estar relacionados con hechos que le aludan, que sean inexactos o falsos y cuya divulgación pueda causarle un perjuicio político, económico, en su honor, vida privada o imagen.

El derecho de réplica se ejercerá a través del siguiente procedimiento, tratándose de transmisiones en vivo por parte de los organismos de radiodifusión, y en caso de que el formato del programa lo permita, la persona legitimada para ejercer el derecho de réplica hará las aclaraciones pertinentes durante la misma transmisión, en la extensión y términos previstos en esta ley.

La réplica deberá limitarse a los hechos de la información que se desea aclarar, y en ningún caso podrá comprender juicios de valor u opiniones ni usarse para realizar ataques a terceras personas.

El contenido de la réplica deberá publicarse o transmitirse en un plazo no mayor de dos días hábiles siguientes a su recepción por parte del medio de comunicación, cuando se trate de un programa o publicación de emisión diaria y en la siguiente transmisión o edición en los demás casos.

Tratándose de medios impresos, el escrito de aclaración deberá publicarse íntegramente, sin intercalaciones, en la misma página y con características similares a la información que la haya provocado y con la misma relevancia.

El contenido de la réplica no podrá exceder de tres veces el tiempo o extensión del espacio que el medio de comunicación dedicó para difundir la información considerada inexacta.

El medio de comunicación podrá negarse a llevar a cabo la publicación o transmisión de la réplica, cuando no se limite a la aclaración de los datos o información que aludan a la persona.

Las multas serán de 100 a 200 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal,en los casos en los que no se informe el medio de comunicación a la Secretaría de Gobernación de las sustituciones de los responsable; no entregar el medio de comunicación al solicitante de la réplica la justificación; y las demás violaciones a las disposiciones contenidas en esta ley y su reglamento.

Asimismo se sancionara con 500 a 20 mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, cuando la negativa del medio de comunicación a publicar o transmitir la aclaración de información, a juicio de la secretaría, sea notoriamente improcedente, en los términos previstos en esta ley y su reglamento.

La propuesta también fue presentada por las diputadas de Acción Nacional Dora Alicia Martínez Valero y Rocío del Carmen Morgan Franco, al final de la presentación el diputado Moisés Dagdug Luzdow (PRD) se adhirió a la propuesta; la iniciativa fue turnada a las comisiones de Gobernación yde Presupuesto y Cuenta Pública, sólo con opinión ésta última.

AAP

 
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