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Nota N°. 4083 Avalan cambios a las leyes Orgánica del PJF y sobre Medios de Impugnación

Palacio Legislativo 19-VI-08 (Notilegis).-El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general, con 371 votos a favor, 38 en contra y 5 abstenciones, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia, César Camacho Quiroz (PRI), expuso que con las reformas referidas otorgará certeza jurídica a los partidos políticos y a los mexicanos para que regrese de nuevo la confianza a las instituciones,“y eso lo lograremos mediante la depuración de la justicia electoral”, señaló.

“Seguro estoy de que con estas reformas daremos al sistema electoral mexicano buenas cuentas para poner al día la justicia en esta delicada materia”, indicó.

En tanto, el presidente de la Comisión de Gobernación, Diódoro Carrasco Altamirano (PAN) indicó que resulta necesario que todas las áreas del tribunal funcioneny ejerzan sus funciones de manera permanente, por lo que manifestó que se deberá hacer una distribución de competencias entre la sala superior y las cinco salas regionales.

Consideró que respecto a la Ley de sistemas de Medios de Impugnación las salas deben contemplar reglas y procedimientos para resolver la no aplicación de leyes en materia electoral contrarias a la Constitución, “salvaguardando la calidad de la Suprema Corte de Justicia como intérprete de los preceptos constitucionales”.

Al hacer uso de la palabra, la legisladora Valentina Batres Guadarrama (PRD) expuso que en la votación en lo particular se reservaría alrededor de 25 artículos, ya que los dictámenes no garantizan la certeza de las elecciones federales y estatales transparentes.

Al inicio de su intervención, se refirió a las medidas que tomó el presidente, Felipe Calderón, referente a la crisis alimentaria, por lo que lamentó que este tema no haya sido integrado a la agenda de discusión del periodo extraordinario.”En este país enfrentamos la crisis alimentaria que no ha tenido lugar en otros tiempos y estamos esperando responsabilidad pública para atender los problemas de la ciudadanía”.

En apoyo a la legisladora, varios de sus correligionarios subierona Tribuna con pancartas en las que se leía: “Congelar precios altos engaño al pueblo” y “Alto a la carestía y a la especulación”.

El dictamen de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece las nuevas atribuciones a dicho órgano, relacionadas con el funcionamiento permanente de las salas regionales, así como la reducción de medios de impugnación y de nulidad de elecciones.

En el dictamen también se señala la homologación para el proceso de escalonamiento de los magistrados del Tribunal Electoral de la Federación, con lo que durarán en su cargo nueve años improrrogables.

Se agrega el término de seis años para ser elegibles como magistrados de la Sala Superior.

Asimismo, no haber sido registrado como candidato a cargoalguno de elección popular en los últimos seis años en las fracciones VII y VIII del artículo 213; y el artículo 223 en el que los servidores públicos y empleados de los partidos políticos de las Salas, del IFE y Partidos Políticos disfrutarán de dos periodos de vacaciones al año.

Respecto a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral se establece la nulidad de la elección presidencial cuando se presenten irregularidades en por lo menos el 25 por ciento de las casillas.

Corresponde a los órganos del IFE conocer y resolver el recurso de revisión y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación los demás medios de impugnación previstos en la forma y términos establecidos por esta Ley y por los acuerdos generales que dicte la Sala Superior.

Asimismo, se aprobó que mediante el Juicio de Revisión Constitucional Electoralse combatan posibles violaciones procedimentales respecto de resoluciones de un órgano legislativo estatal, lo que parece exceder las facultades del TEPJF.

La interpretación que realicen las autoridades electorales competentes, al momento de resolver las impugnaciones que deriven de los asuntos internos de los partidos políticos, se hará privilegiando la conservación de la libertad de decisión política y el derecho a la autorregulación de los mismos.

Hasta las 2:40 de la tarde continúan discutiéndose 46 artículos que fueron impugnados. En la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación se presentaron los artículos 186, 189, 189 bis, 190, 196, 1 transitorio, 195, 233, y los transitorios 1, 2, 3 ,4, 5.

Mientras que en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral fueron apartados los artículos, 45, 47, 83, 50, 52, 54, 55, 76, 77, 77 bis (por dos diputados), 78, 70, 6, 9 10, 11, 13, 17, 18, 20, 23, 32, 45, 61, 62, 75, 76, 77, 86, y el 1, 2 ,3 transitorios.

AAP/ALRG

 
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