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Nota N°. 5236 Comisión de Hacienda aprueba minuta que reforma la Ley de Instituciones de Crédito

Palacio Legislativo 09-XII-2008 (Notilegis).- El Pleno de la Comisión de Hacienda y Crédito Público aprobó la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 56 de la Ley de Instituciones de Crédito para que los beneficiarios de un cuentahabiente fallecido sin haber dejado testamento reciban la herencia al 100 por ciento por parte de los bancos y no sólo el 75 por ciento como actualmente lo entregan.

El secretario de la instancia legislativa, Miguel Ángel González Salum (PRI), explicó que “la minuta se refiere al hecho de que cuando alguien muere intestado y refiere entre sus beneficiarios a las instituciones de crédito en los bancos que de una herencia al 100 por ciento de sus bienes, hasta hoy se entrega el 75 por ciento pero con esta modificación se pretende que el 100 por ciento de lo que refiere en su hoja de beneficiarios en la banca”.

González Salum (PRI), aseguró que la aprobación de dicha minuta es con el propósito de establecer la obligación de que los titulares de cuentas bancarias designen por escrito a sus beneficiarios para que, en caso de fallecimiento, reciban el importe correspondiente de la proporción estipulada para cada uno de ellos.

“Se logró que se reparta el monto total de esa cuenta bancaria a los beneficiarios, en caso de fallecimiento del titular”, recalcó.

Explicó que el artículo 56 de la Ley de Instituciones de Crédito en vigor, determina límites en la entrega de dinero que las instituciones financieras deben hacer a los beneficiarios, es decir, sólo entrega el 75 por ciento del total y para determinar la asignación al 25 por ciento restante se tiene que recurrir a un juicio sucesorio con los costos e implicaciones jurídicas que esto conlleva.

La minuta podría presentarse en la sesión de hoy de primera lectura.

ASC

 
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