Palacio Legislativo 17-XII-2008 (Notilegis).- El diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva (Convergencia), en nombre de su compañero Elías Cárdenas Márquez, presentó una iniciativa que adiciona el artículo 229 Bis del Código Penal Federal, con el objetivo de castigar con prisión al médico que ponga en peligro la vida de un paciente.
Durante la exposición de la propuesta en la Comisión Permanente, Velasco Oliva aseguró que la falta “de cuidado, negación, práctica indebida, negligencia, impericia, omisión o descuido, debe ser considerada como un delito grave por las consecuencias físicas y morales que traerá dicha conducta de un médico ante su paciente”.
La propuesta del diputado de Convergencia es la siguiente:
“Artículo 229 Bis. Se impondrá de tres a siete años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa al médico que:
I. Por falta de cuidado, negación, práctica indebida, negligencia, impericia, omisión o descuido; ponga en peligro la vida del paciente, cause la pérdida de un miembro, afecte la integridad de una función vital, corporal o pierda la vida”.
Por lo anterior, Cuauhtémoc Velasco dijo que la penalidad propuesta estaría encaminada a garantizar el bien jurídico tutelado que es la vida y salud personal, así como el buen desempeño de los médicos y de quienes se encuentran a cargo de la vigilancia y atención del paciente.
Reveló que en la actualidad el tipo penal no sanciona la falta de cuidado, negación, práctica indebida, negligencia, omisión o descuido, del médico, así como del personal adscrito a cualquier institución de salud pública o privada.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.
AILH
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