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Nota N°. 6334 Avala el Pleno modificaciones a minuta de Ley de Extinción de Dominio; Importante golpear al corazón del crimen organizado, sus recursos económicos: César Camacho

Palacio Legislativo 23-IV-2009 (Notilegis).- El Pleno de la Cámara de Diputados validó por 299 votos a favor, nueve en contra y ocho abstenciones, el dictamen de la Comisión de Justicia que modifica la minuta que expide la Ley Federal de Extinción de Dominio, que establece medidas legales para asegurar los bienes producto de actividades ilícitas.

El presidente de la Comisión de Justicia, César Camacho Quiroz (PRI), aseguró que en el órgano legislativo a su cargo, se dictaminó a partir de la presunción de inocencia a favor de los particulares, y hacer que cuando hubiera una imputación de la ilicitud en el origen los bienes inmuebles, la carga de la prueba debía ser responsabilidad del Ministerio Publico.

Durante su intervención, Camacho Quiroz afirmó que “hay dos propósitos fundamentales en la Ley: el Estado busca eficacia, es decir, combatir al crimen organizado y pegarle en el corazón, que son los recursos económicos. En ese sentido, también busca la garantía y respeto por los derechos de las personas”.

Por lo anterior, el legislador del PRI dijo que en el dictamen hay concordancia constitucional, pues jueces especializados en extinción de dominio serán los encargados de la reparación del daño.

Los diputados avalaron que la extinción de dominio se ejerza respecto de los bienes relacionados con los delitos de secuestro, trata de personas, narcomenudeo, entre otros.

El dictamen señala que “aquellos inmuebles utilizados para la comisión de delitos por un tercero, si su dueño tuvo conocimiento de ello y no lo notificó a la autoridad o tampoco hizo algo para impedirlo, lo cual se entenderá como una actuación de mala fe y será responsabilidad del Ministerio Público acreditarla”.

Por lo anterior, la minuta establece que el Poder Judicial de la Federación contará con jueces especializados en extinción de dominio, por lo que el Consejo de la Judicatura Federal determinará el número, división en circuitos y competencia territorial de los mismos.

La acción de extinción de dominio se formulará mediante demanda del Ministerio Público, previo acuerdo del Procurador General de la República o del subprocurador en quien delegue dicha facultad.

Además, el texto indica que en los casos en que el procedimiento penal determine la falta de elementos para comprobar la existencia de hechos ilícitos, los afectados por un proceso de extinción de dominio, tendrán derecho a reclamar la reparación del daño.

El dictamen fue devuelto al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

AILH

 
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