Palacio Legislativo 23-IV-2009 (Notilegis).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 294 votos el dictamen que reforma diversas disposiciones de la ley castiga a quien se aproveche de la confianza, o superioridad que tiene sobre un menor de dieciocho años, para que obligue, induzca o convenza a ejecutar cualquier acto sexual, con o sin su consentimiento.
Por lo anterior, el dictamen señala que “se aplicará de nueve a dieciocho años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta días multa”, a los mayores de edad que abusen de los infantes.
Los diputados avalaron reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley General de Educación, de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, y de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal.
Además, la misma pena se aplicará a quien cometa la conducta descrita en el párrafo anterior, en contra de la persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o para resistirlo.
En ese sentido, el texto indica que el autor del delito perderá, en su caso, la patria potestad, la tutela, la curatela, la adopción, el derecho de alimentos y el que pudiera tener respecto de los bienes de la víctima, en términos de la legislación civil.
“Cuando el delito fuere cometido por un servidor público o un profesionista en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, además de la pena de prisión antes señalada, será inhabilitado, destituido o suspendido, de su empleo público o profesión por un término igual a la pena impuesta”, destaca el documento.
AILH
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