Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Nota N°. 509 Aprueba el Pleno conformar grupo de trabajo para determinar si procede o no controversia por extinción de Luz y Fuerza del Centro

Palacio Legislativo 22-X-2009 (Notilegis).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la integración del grupo de trabajo plural que estudiará y propondrá la viabilidad jurídica de la controversia constitucional, o la acción de inconstitucionalidad, con relación al decreto de extinción del organismo descentralizado Luz y Fuerza, expedido por el Ejecutivo federal.

Los diputados avalaron que dicho grupo de trabajo, esté conformado por dieciséis legisladores que representan a todos los grupos parlamentarios con representación en la LXI Legislatura, para quedar de la siguiente manera:

Presidente: Jesús Alfonso Navarrete Prida (PRI). Integrantes: Arturo Zamora Jiménez (PRI); Luis Carlos Campos Estrada (PRI);César Augusto Santiago Ramírez (PRI); Roberto Gil Zuarth (PAN); Mario Alberto Becerra Pocoroba (PAN); Óscar ,Martín Arce Paniagua (PAN); Carlos Alberto Pérez Cuevas (PAN); Nazario Norberto Sánchez (PRD); Francisco Hernández Juárez (PRD); Ramón Jiménez López (PRD); Diego Guerrero Rubio (PVEM); Juan Enrique Ibarra Pedroza (PT); Roberto Pérez de Alva Blanco (Nueva Alianza); Pedro Jiménez León (Convergencia).

El grupo de trabajo deberá presentar al Pleno, en un plazo no mayor a 12 días hábiles, el resultado de sus estudios y análisis a efecto de determinar si es de emprenderse alguna acción jurídica en contra del decreto de extinción del organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro, para proceder a formular la propuesta de texto de la acción que corresponda.

En ese sentido, las labores del grupo de trabajo concluirán en el momento en que se determine la procedencia de acción jurídica en relación al decreto de extinción del organismo
descentralizado Luz y Fuerza del Centro, o de proceder ésta, cuando concluya el proceso jurídico relativo a su presentación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la resolución correspondiente.

AILH

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos