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Nota N°. 660 Decidirá Pleno si procede o no controversia constitucional contra decreto de extinción de CLyFC: Navarrete Prida

Palacio Legislativo 04-XI-2009 (Notilegis).- El grupo encargado de analizar la viabilidad de presentar una controversia constitucional por el decreto presidencial que extinguió a la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, turnará sus conclusiones al Pleno de la Cámara de Diputados para que se discuta si procede o no.

Al concluir su trabajo y no llegar a un acuerdo al interior del grupo, el presidente del órgano, Alfonso Navarrete Prida (PRI), informó que se turnarán los dos dictámenes el próximo martes para definir mediante votación la posición de la cámara.

En entrevista, el legislador explicó que la discusión se centrará en determinar si el Ejecutivo invadió o no una esfera del legislativo, o en su caso si el gobierno federal tiene facultades para poder extinguir al organismo, por lo que queda intocada la parte del capitulo económico de la Constitución.

Se volverá una larga sesión, adelantó Navarrete Prida, y si nos circunscribimos al tema técnico también será enriquecedora para el Congreso de la Unión porque no se tocarán aspectos sociales o políticos que no son materia de discusión.

Alfonso Navarrete dijo que el Pleno constituyó al grupo para que entreguen resultados en un plazo máximo de 12 días hábiles, por lo que la fecha de conclusión es el 10 de noviembre. “Además el plazo máximo para que la Cámara de Diputados interponga una controversia constitucional es más largo, casi al 24 de noviembre como plazo máximo”.

Precisó que la discusión se centrará en cinco ejes jurídicos: Si hay una violación directa a la Constitución en el decreto ante la posibilidad de invadir la esfera de facultades del legislativo.
Igualmente, abundó, se analizará la posibilidad de una violación a la Constitución, que habla del capitulo económico y del decreto toca al hablar de la energía eléctrica. “Otro apartado sobre si se violaron o no los derechos laborales”, acotó.

Además del fundamento del decreto que se funda en el artículo 15 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales que habla de que el Ejecutivo tiene facultades para crear o extinguir al organismo.
Por último, dijo el legislador, se hablará sobre la naturaleza del acto jurídico, en el sentido de que si la determinación del Ejecutivo es del orden administrativo, o si creó condiciones de carácter general.

JZM

 
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