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Nota N°. 1341 Diputada Gastélum Bajo presenta iniciativa para reformar el artículo tercero de la Constitución y hacer obligatoria la educación media superior

Palacio Legislativo 02-II-2010 (Notilegis).- La diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) presentó una iniciativa que reforma el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que la educación media superior sea obligatoria en el país y sea incluida a la educación básica obligatoria, equitativa y sustentable.

El texto señala una reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

“Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –federación, estados, Distrito Federal y municipios– impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria, secundaria y media superior conforman la educación básica obligatoria”.

Por lo anterior, la legisladora indicó que el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, normal para toda la República, por lo que el mandatario federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, en los términos que la ley señale.

Además, la inciativa estipula que el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos –incluyendo la educación inicial y a la educación media superior y superior– necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura.

También, el Congreso de la Unión, a fin de unificar y coordinar la educación en toda la república, expedirá las leyes necesarias destinadas a distribuir la función social educativa entre la federación, los estados y los municipios; fijará las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalará las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan.

AILH

 
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