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Nota N°. 1573 Tipificar trata de personas como delito federal, presenta diputada Cora Pinedo Alonso iniciativa de ley

Palacio Legislativo 23-II-2010 (Notilegis).- La vicecoordinadora de Nueva Alianza, Cora Pinedo Alonso, propuso tipificar la trata de personas como un delito federal y modificar la denominación de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, para elevarla a rango federal, ya que actualmente sólo puede ser aplicada por las autoridades federales bajo cuatro supuestos.

Primero: Cuando el delito se inicia, prepara o comete en el extranjero, y produce o pretende producir sus efectos en el territorio; segundo: Cuando el delito se prepara o comete en el territorio nacional y produce o pretende producir sus efectos en el extranjero; tercero: Cuando se actualice lo dispuesto por el artículo 50 fracción I incisos b) a j) de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Y cuarto: Lo que establece la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada: que tiene por objeto fijar reglas para la investigación, persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas por algún miembro de la delincuencia organizada.

La legisladora refirió que en el informe sobre Trata de Personas: Un Panorama Global, de la Organización de las Naciones Unidas, se identificó a 127 países de origen, 98 de tránsito y 137 de destino de las víctimas de trata, con distintos grados de participación: muy alta, alta, media, baja y muy baja, donde México está con la calificación "alta", como origen de personas traficadas.

Mientras que de acuerdo con información de la Oficina de las Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito, México se encuentra entre los primeros 28 países en los que las bandas de traficantes de personas "enganchan" a más víctimas y es el quinto lugar en América Latina.

“Es cierto que, a partir del 27 de noviembre de 2007 México cuenta con una ley específica contra este delito, hecho que representa un notable avance para combatirlo. Sin embargo, en Nueva Alianza consideramos que se requieren mayores esfuerzos y sensibilidad política, porque son necesarias las reformas constitucionales procedentes para que se dé cumplimiento pleno a los derechos que establece la ley en beneficio de las víctimas de este delito”, sostuvo.

Explicó que al realizar un análisis comparativo del tipo penal de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, con el de los códigos penales de las entidades federativas que a la fecha han tipificado este delito, se observa que la legislación nacional no es homogénea, existen diferencias sustantivas en las conductas, en los medios comisivos, en los fines, pero sobre todo en la sanción o pena.

Por lo que señaló que es necesario que se homologue el marco jurídico para que las autoridades federales puedan actuar y perseguir el delito de trata de personas en cualquier escenario, que las legislaciones en las entidades se homologuen, para hacer más eficiente la persecución del delito, a fin de proteger a las víctimas y acabar con la impunidad.

La iniciativa propone reformar el artículo 73 de la Constitución y deroga el artículo 3 de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, en tanto fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis y discusión.

ALR

 
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