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Nota N°. 1784 Aprueba Pleno reformas a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Palacio Legislativo 16-III-2010 (Notilegis).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó tres dictámenes que contienen diversas modificaciones a la Ley Desarrollo Rural Sustentable a fin de incentivar el uso de nuevas tecnologías, fortalecer la planeación administrativa del ramo y mejorar el desarrollo de la electrificación y obras de conservación de suelos y agua.

Con 388 votos a favor el Pleno avaló el primer dictamen que reforma el artículo 37 y se adicionan los artículos 33, con un tercer párrafo, 43, con un segundo párrafo, y 44, con una fracción VIII de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable con el propósito de fortalecer el uso de nuevas tecnologías de información y comunicación para la población mediante la transferencia de las mismas para satisfacer necesidades en materia de desarrollo rural sustentable.

Con esta reforma el Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral deberá considerar el uso de las tecnologías de información y comunicación para el cumplimiento de sus objetivos, de manera que esta herramienta facilite el uso de portales informáticos para la actualización de la asistencia técnica y satisfacer las necesidades de los productores respecto al aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

Posteriormente, se aprobó con 372 votos a favor el dictamen que adiciona el artículo 24 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, por el cual los comités consultivos especializados en política alimentaria y conformados por algunos miembros de los consejos, se enriquecierán con la opinión de jóvenes egresados de carreras dedicadas al aprovechamiento del campo.

En ese sentido, se estipuló que se podrán integrar, dentro de los consejos estatales, distritales y municipales, cuando así se considere necesario, comités consultivos alimentarios, cuya finalidad será opinar en materia de producción agropecuaria con criterios de factibilidad técnica y económica,

Por último, los diputados avalaron con 357 votos la adición del tercer párrafo del artículo 84 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, para que el gobierno federal, a través de las dependencias y entidades competentes, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas promuevan el desarrollo de la electrificación y los caminos rurales y obras de conservación de suelos y agua

El dictamen menciona que dichos elementos son básicos para el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes del medio rural y de la infraestructura productiva del campo.

Por ello, los legisladores consideraron necesario que la infraestructura de comunicación se adecue a las condiciones geográficas y climatológicas de la zona, así como con la calidad requerida para ser usada por transporte de personas, insumos y maquinaria necesaria para las tareas agrícolas, ganaderas y pecuarias, incidiendo en la producción y en las condiciones de bienestar de la población rural.

ALRG / AIHL

 
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