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Nota N°. 1866 Avala Pleno minutas que reforman Ley General de Salud

Palacio Legislativo 23-III-2010 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó dos minutas que remitió el Senado de la República para reformar los artículos 464 y 222 de la Ley General de Salud; la primera, para evitar la falsificación de medicamentos y la segunda, con el propósito de aumentar la supervisión de plantas en las que se procesan productos farmacéuticos y que requieren registro sanitario.

Se aprobó reformar la Ley General de Salud para castigar hasta con 15 años de prisión y multa de cincuenta mil a cien mil días de salario mínimo a quien adultere, falsifique, contamine o altere medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos.

El pleno avaló con 369 votos a favor, reformar el artículo 464 Ter de la Ley General de Salud, a fin de impedir la adulteración o falsificación de medicamentos, pues en México es del 10 por ciento del total del mercado, además de que el sector sufre pérdidas por 600 billones de dólares a nivel mundial y la tendencia va a la alza. “Se estima que para este año, las mermas serán de mil 200 billones de dólares”, dice el documento.

Igualmente, se expone, las estadísticas acotan que aproximadamente del 6% al 10 por ciento de todos los fármacos que circulan en el mundo son fraudulentos y representan entre el 5 por ciento y el 8 por ciento de los 550 mil millones de dólares que mueven por año los medicamentos.

Además, sostiene el dictamen, este problema ha generado grandes ganancias económicas, ya que en el mercado negro la falsificación de medicamentos obtiene una ganancia de aproximadamente 35 mil millones de dólares anuales.

También, prevén castigos que van de uno a nueve años de prisión a quien venda o permita la falsificación de material para envase o empaque de medicamentos, etiquetado, leyendas o información que contengan números o claves de identificación.

La Cámara de Diputados avaló también con 360 votos las reformas al artículo 222 de la Ley General de Salud para establecer mejores estándares de calidad y eficacia de las sustancias que se utilizan para elaborar medicamentos y establecer medidas más enérgicas de los procesos de producción.

Dicha iniciativa tiene la finalidad de intensificar la supervisión de plantas en las que se procesan los productos que requieren registro sanitario, todo ello para garantizar la seguridad, eficacia y calidad de los medicamentos.

El documento especifica que el control sanitario del proceso, importación y exportación de medicamentos, estupefacientes y substancias psicotrópicas y las materias primas que intervengan en su elaboración, deberá ser competencia exclusiva de la Secretaría de Salud, en función del potencial de riesgo para la salud que estos productos representan.

Asimismo, los laboratorios, distribuidores, empresas y personas físicas que estén interesados en importar productos farmacéuticos en todo el país, deberán cumplir con el reglamento sin duplicar la verificación.

Estas reformas establecen una política de costos para los medicamentos, esto con el fin de estimular precios accesibles a la población en general y propiciar mayor eficiencia y competitividad en la cadena productiva.

ALRG

 
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