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Nota N°. 2149 Propone Ramírez Acuña desaparición de diputados y senadores plurinominales, presenta iniciativa para reformar la Constitución

Palacio Legislativo 21-IV-2010 (Notilegis).- El presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Francisco Ramírez Acuña, presentó una iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de desaparecer la figura de diputados y senaodores de representación proporcional.

El diputado Ramírez Acuña propuso reformar el artículo 52 de la Constitución para eliminar de su texto la referencia a los 200 diputados que serán electos por el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales.

Además, propuso que derogar el segundo párrafo del artículo 53, referente a que se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales, por lo que la demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados.

Francisco Ramírez también se pronunció por eliminar el artículo 54 que establece, actualmente, lo relacionado con la manera de elegir a los diputados plurinominales.

Por ello, sugirió suprimir lo relacionado con los senadores de representación proporcional y primera minoría establecida en la parte conducente de los artículos 56 y 60 de la Constitución, para que la Cámara de Senadores sea integrada por 64 legisladores, de los cuales, en cada estado y en el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa.

El presidente de la Mesa Directiva planteó reformar el artículo 63 en la parte relativa a la manera de cubrir las vacantes que se presenten de diputados y senadores plurinominales, para quedar como sigue:

“Las Cámaras no pueden abrir sus sesiones ni ejercer su cargo sin la concurrencia, en cada una de ellas, de más de la mitad del número total de sus miembros; pero los presentes de una y otra deberán reunirse el día señalado por la ley y compeler a los ausentes a que concurran dentro de los treinta días siguientes, con la advertencia de que si no lo hiciesen se entenderá por ese solo hecho, que no aceptan su encargo, llamándose luego a los suplentes, los que deberán presentarse en un plazo igual, y si tampoco lo hiciesen, se declarará vacante el puesto”, señala el texto.

Cabe señala que a la iniciativa se suscribieron diputados de las distintas fracciones parlamentarias.

AILH

 
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