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Nota N°. 2260 Con 20 votos a favor y uno en contra avalan diputados en los general reforma a la Ley Federal de Competencia Económica

Palacio Legislativo 28-III-2010 (Notilegis).-La Comisión de Economía aprobó en lo general con 20 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones el dictamen que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, con la que se sancionará a las empresas que incurran en prácticas monopólicas hasta con el 10 por ciento de sus ingresos, y hasta con diez años de prisión a quienes violen las prácticas de competitividad.

El presidente de la instancia legislativa, Idelfonso Guajardo Villareal afirmó que la ley no lleva dedicatorias, sino tiene como objetivo definir los parámetros fundamentales “para que los actores se ajusten a las reglas de juego y nadie tenga privilegios en el sector de los mercados”, sostuvo.

“Sé que hay libertad total y que a veces tenemos la tentación de adjetivisar grupos, empresas o compañías, dejemos que el esfuerzo que vamos a hacer en una nueva ley por sí mismo nos diga quién es culpable en prácticas monopólicas y en practicas de comercio”, adelantó.

Argumentó que la determinación de fijar a la Comisión Federal de Competencia como un órgano desconcentrado, obedece a que el brindarle autonomía sólo se debe considerar para “aquellos temas que involucran derechos fundamentales que requiere estricto balance de poderes.

Como lo que hace el Instituto Federal Electoral y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, objetó, donde el control del Ejecutivo lo convertiría en juez y parte del procedimiento.

Las nuevas disposiciones facultan a la Comisión para que al detectar prácticas monopólicas pueda ordenar la corrección o supresión de éstas, así como poder sancionar hasta por el equivalente al diez por ciento de los ingresos del agente económico, por haber incurrido en una practica monopólica absoluta y ocho por ciento en práctica monopólica relativa y concentración.

A la par, se crea la figura del Comisionado Ponente y se amplían las facultades de investigación del Secretario Ejecutivo.

Al mismo tiempo, se sancionan con 200 mil veces el salario mínimo a quienes participen en prácticas monopólicas en representación o por cuenta y orden de personas morales; y 180 mil veces a quienes coadyuven, propicien, induzcan o participen en estas.

En casos de los que la comisión dicte la suspensión, las empresas contarán con un plazo máximo de cuatro meses y en caso de no acatar la orden se multará con ocho por ciento de los ingresos de la compañía.

Además de que al detectar falsedad en declaraciones puedan interponer multas hasta por el equivalente a ciento setenta y cinco mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

Igualmente brinda la oportunidad a las empresas a las que se les haya detectado que incurre en prácticas monopólicas el que reconozcan su falta y así se hacen beneficiarios de una reducción a las sanciones que normalmente se estipulan, al tiempo que se mantendrá con carácter confidencial la identidad del agente económico e individuos que resulten favorecidos.

Se faculta al Ejecutivo para que designe al presidente de la Comisión por un periodo de cuatro años, con la posibilidad de una reelección.

ALRG/JZM

 
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