Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Nota N°. 3770 Reforma Constitucional de 2008 en Materia de Justicia Penal y Seguridad Pública convierten al derecho penal en represivo: Carrancá y Rivas

Palacio Legislativo 18-X-2010 (Notilegis).- En la presentación del Libro "Reforma Constitucional de 2008 en Materia de Justicia Penal y Seguridad Pública. Variaciones Críticas", su autor Raúl Carrancá y Rivas, advirtió que estas modificaciones convierten al derecho penal en represivo, y muestra de ello son las figuras del arraigo, testigos protegidos, el fuero militar y la presentación de detenidos ante los medios de comunicación.

“Lo anterior debe dar una señal de alerta de estar muy cuidadoso el Poder Legislativo, nuestro propósito es llamar la atención de estas grandes contradicciones en beneficio de la conservación y el mantenimiento del Estado de derecho en México”, declaró el catedrático de la UNAM.

Raúl Carrancá alertó que es tan contradictoria la reforma, que es necesario “dar marcha atrás, así de grave es, y el poder público está empeñado en conservarla a toda costa”.

Abundó que las reformas al derecho penal en el 2008 no atacan el problema de fondo, además de que es inoperante en las sociedades modernas. “No conduce a ninguna solución en lo que respecta a la delincuencia”.

Sobre las iniciativas de seguridad que impulsa el Ejecutivo, Carrancá y Rivas dijo que no se deben agilizar reformas que pretenden combatir a la delincuencia “violando garantías, afectando el texto constitucional, con fallas y errores técnicos de muy grave composición y contextura, que se opte por un mejor camino”, consideró.

Más aún, dijo que un ejemplo de la “aberración” de la reforma, es la extinción de dominio, al que calificó de “espantoso”, toda vez que se procede de los bienes que sean del instrumento del delito aún cuando no se haya dictado la sentencia en materia penal, cómo se puede poner una pena, sin que esté previamente probada la responsabilidad”.

El catedrático criticó las reformas constitucionales en materia penal de junio de 2008, como es el cambio en el concepto de readaptación social, por reinserción. “Yo reinserto, coloco a alguien en el sitio en el que estaba anteriormente, no debo reinsertar sin previamente haber readaptado; detrás de las palabras hay una larga trayectoria histórica que se maltrata, es desafortunada la sustitución de las palabras”.

JZM

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos