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Nota N°. 3813 Impulsa Zamora Jiménez iniciativa para sancionar con penas de 10 a 50 años de prisión a quien cometa actos terroristas

Palacio Legislativo 20-X-2010 (Notilegis).- El diputado del PRI, Arturo Zamora Jiménez, promueve una iniciativa para imponer penas de cárcel de 10 a 50 años y hasta 2 mil días de multa, a quien utilice sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, realice actos en contra de las personas.

También serán sujetos a pena, quienes atenten en contra de las cosas o servicios públicos que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional, intimidar a la sociedad, así como difundir sus actividades o posturas ideológicas, o presionar a la autoridad para que tome una determinación. La sanción es acumulable a cualquier otro delito que resulte.

“De esta manera estaremos sancionando de forma más intensa la comisión del delito de terrorismo, independientemente de las sanciones que correspondan a otros delitos cometidos como medio o efecto del mismo, en beneficio de la sociedad que demanda acciones firmes para garantizar su tranquilidad”, justificó Zamora Jiménez.

El legislador dijo que al incluir la finalidad de intimidación, el concepto se amplía lo suficiente para encuadrar actos tales como el atentado con granadas en la Ciudad de Morelia, la explosión de carros bomba en Ciudad Juárez, la serie de actos violentos en Nuevo León, y el ataque con granadas realizado en la Plaza Municipal de Guadalupe; actos cuya única finalidad es sembrar alarma en la población y hacerle perder la confianza en las instituciones.

Además, se considera delictivo cuando los autores de estos hechos difundan sus actividades o posturas ideológicas como finalidad del acto terrorista, ya que la propaganda de sus actividades delictivas, constituyen finalidades que mueven al terrorista a la realización de los hechos violentos que siembran el terror en la población, además de afectar la integridad física y las posesiones de las víctimas.

El diputado consideró necesario señalar que la intimidación es uno de los posibles objetivos del terrorista, a fin de que pueda sancionarse conforme a ese delito no sólo a los grupos subversivos, sino a las organizaciones criminales de narcotraficantes y extorsionadores que se valen del temor de la población para llevar a cabo sus actividades delictivas impunemente.

La iniciativa reforma el artículo 139 del Código Penal Federal y se turnó para su análisis y dictamen a la Comisión de Justicia.

ALR

 
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