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Nota N°. 3963 Aprueban diputados reforma a la Ley de Amparo

Palacio Legislativo 04-XI-2010 (Notilegis).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 289 votos el dictamen que reforma la Ley de Amparo para ya no obligar al contribuyente deudor a garantizar dos veces un mismo crédito fiscal.

Se adicionó un párrafo al artículo 135 de la Ley de Amparo, a efecto de que los jueces otorguen, en su caso, la suspensión del acto reclamado sin que se les solicite a los quejosos exhibir el monto total del crédito fiscal que le sea requerido, en dinero en efectivo, cuando estos hayan garantizado el crédito fiscal a través del embargo practicado por la autoridad hacendaria.

El segundo párrafo modificado puntualiza: “Si se realizó embargo por las autoridades fiscales, y los bienes embargados son suficientes para asegurar la garantía del interés fiscal, el contribuyente no tendrá que realizar el depósito en efectivo a que se refiere el párrafo anterior, siempre que el embargo sea firme”.

El artículo 135 de la Ley citada señalaba que cuando el amparo se pida contra el cobro de contribuciones, podrá concederse discrecionalmente la suspensión del acto reclamado, la que surtirá efectos previo depósito del total en efectivo de la cantidad a nombre de la Tesorería de la Federación o la de la entidad federativa o municipio que corresponda, depósito que tendrá que cubrir el monto de las contribuciones, aprovechamientos, multas y accesorios que se lleguen a causar, asegurando con ello el interés fiscal.

ASC

 
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