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Nota N°. 4238 Avala Comisión de Justicia iniciativa que tipifica el “narcoterrorismo”; Establece sanciones de hasta 50 años de cárcel a quienes lo cometan

Palacio Legislativo 30-XI-2010 (Notilegis).- La Comisión de Justicia aprobó el dictamen que reforma el Código Penal Federal y tipifica el llamado “narcoterrorismo” como un delito grave, con sanciones que van de 10 a 50 años de cárcel.

Durante la reunión de trabajo de la instancia legislativa, los diputados aprobaron el dictamen que adiciona el artículo 139 del Código Penal Federal en materia de terrorismo, ante acciones de la delincuencia organizada que ha estallado granadas en la Ciudad de Morelia, la explosión de carros bomba en Ciudad Juárez y, más recientemente, la serie de actos violentos acaecidos en Nuevo León, como los ataques contra instalaciones de medios de comunicación.

La reforma indica que “se impondrá pena de prisión de 10 a 50 años y hasta dos mil días de multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten, al que utilice sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos o armas de fuego, o por incendio, inundación o cualquier otro medio violento”.

También a quien realce estos actos contra las personas, las cosas o servicios públicos, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella para atentar contra la seguridad nacional, intimidar a la sociedad, así como difundir sus actividades o posturas ideológicas, o presionar a la autoridad para que tome una determinación.

El diputado Arturo Zamora Jiménez (PRI), destacó que esta reforma es un instrumento más que al ser aprobado por el Pleno camaral y después por el Senado, servirá para cerrar los espacios de impunidad en que opera la delincuencia organizada.

También la Comisión de Justicia aprobó por unanimidad un paquete de reformas en materia electoral que permitirán sancionarán a los precandidatos y candidatos que reciban recursos de procedencia ilícita.

La reforma al artículo 406 del Código Penal Federal, destaca que quien “obtenga o utilice a sabiendas y en su calidad de candidato o precandidato, por si o por interpósita persona fondos, bienes o servicios provenientes de actividades ilícitas para su campaña o precampaña electoral” se le impondrán de 1 a 9 años de prisión y de 200 a 400 días de multa.

Arturo Zamora Jiménez, también impulsor de la reforma, comentó que la misma sanción a los servidores públicos que obliguen a sus subordinados, de manera expresa y haciendo uso de su autoridad o jerarquía, a emitir sus votos en favor de un partido político, candidato o precandidato.

La reforma establece además a quienes condiciones la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un partido político, candidato o precandidato;

Se establece igual sanción a quien proporcione apoyo o preste algún servicio a los partidos políticos, a sus candidatos o precandidatos, a través de sus subordinados, usando del tiempo correspondiente a sus labores, de manera ilegal.

Posteriormente, la Comisión de Justicia aprobó la creación de un grupo de trabajo que analice y perfeccione la Ley para Prevenir y Sancionar el Secuestro que entrará en vigor dentro de 90 días, y establece penas de entre 25 y 45 años de prisión cuando el secuestro se realice con violencia, en grupo o por quienes pertenecen o fueron miembros de instituciones de seguridad pública.

ASC

 
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