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Nota N°. 4378 Con 294 votos a favor, se crea la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Palacio Legislativo 15-XII-2010 (Notilegis).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, con 294 votos a favor, el dictamen que expide la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a fin de establecer las condiciones en las que el Estado deberá promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad y asegurar su plena inclusión a la sociedad.

En materia de salud, define a la Secretaría del ramo como la dependencia responsable de promover el derecho a la salud de las personas con discapacidad, rehabilitación y habilitación, así como las acciones que debe realizar en la materia.

Además se indica que se Incorporará de forma gratuita al Seguro Popular a la población con discapacidad. Se establece que a fin de promover los derechos laborales de las personas con discapacidad, sea que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) adopte medidas administrativas o legales que prohíban cualquier tipo de discriminación para quienes buscan un empleo en el sector público o privado.

Entre las propuestas presentadas están que se reserven espacios o plazas laborales en las empresas o dependencias y entidades de la administración pública a las personas con discapacidad.

Se precisa que la Secretaría STPS establezca mecanismos de denuncia y especifique sanciones ante diversas circunstancias que en la actualidad se consideran delitos contra las personas en el ámbito laboral, como el acoso, el trabajo forzado o el empleo sin remuneración.

En el artículo 12 de la nueva Ley se define, que la Secretaría de Educación es la entidad responsable de promover el derecho a la educación de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades y equidad e incluirya en el Sistema Educativo Nacional una política que incorpore metodológicamente programas específicos para ambos tipos de procesos educativos.

Como premisa central de las acciones de la Secretaría, deberán estar orientadas a fortalecer una política nacional de educación que comprenda la “educación especial” y la “educación inclusiva”, como dos programas institucionales paralelos, a fin de brindar a la población con discapacidad las oportunidades educativas.

La Lengua de Señas Mexicana será reconocida oficialmente como parte del patrimonio lingüístico, con que cuenta la nación mexicana. Serán reconocidos el Sistema Braille, los modos, medios y formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad.

Considerando que la demanda de vivienda accesible por parte de las personas con discapacidad, ha sido una de las cuestiones poco o nada atendidas por las autoridades, se propone que los programas públicos de vivienda gubernamentales o privados incluyan casas accesible. Asimismo que las autoridades otorguen facilidades de créditos o subsidios a las persona con discapacidad

También, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes establecerá mecanismos de coordinación con autoridades competentes y empresas privadas, a fin de elaborar normas y programas que garanticen a las personas con discapacidad, la accesibilidad, seguridad, comodidad, calidad y funcionalidad en los medios de transporte público aéreo, terrestre y marítimo.

Por otra parte, se define en el artículo 20, la responsabilidad de los medios de comunicación para incorporar en su programación a intérpretes de la Lengua de Señas Mexicana que permitan a la comunidad de sordos una mejor comprensión de todo tipo de información que difunden.

En tanto que el Consejo en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, desarrollarán el Sistema Nacional de Información en Discapacidad, que tendrá como objetivo proporcionar información de servicios públicos, privados o sociales, y todo tipo de datos relacionados, a la población con discapacidad, la cual podrá ser consultada por medios electrónicos o impresos, a través de módulos de consulta dispuestos en instalaciones públicas.

ALR

 
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