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Nota N°. 4819 Avance de un 70 por ciento en dictaminación de iniciativa en materia electoral que castigará uso de recursos ilícitos en campañas políticas: Navarrete Prida; Sancionará a ministros de cultos religiosos (Información de Domingo para Lunes)

Palacio Legislativo 27-02-2011 (Notilegis).- Castigar las campañas políticas que utilicen recursos de origen ilícito, con penas de hasta seis años de cárcel; y la suspensión de cinco a diez años a los ministros de cultos religiosos que hagan proselitismo en audiencias públicas, son los principales objetivos de una iniciativa de ley que se discute en la Comisión de Justicia y que lleva un avance del 70 por ciento.

Así lo informó el integrante de la instancia legislativa, Alfonso Navarrete Prida, quien explicó que son ocho las modificaciones a leyes electorales que adicionan nuevas conductas que podrán sancionarse y el incremento en las penalidades de los delitos, no obstante aclaró que aún se encuentra en proceso de análisis.

El diputado del PRI afirmó que se requiere imponer sanciones que lleven hasta la cárcel a los que utilicen en las precampañas, campañas y jornadas electorales la “difamación y la calumnia” para influir en la votación, porque “únicamente afecta la democracia”.

Dijo que se debe realizar antes de que se lleven a cabo los comicios presidenciales del 2012, toda vez que las denominadas “propagandas negras” han sido una divisa que se ha explotado con demasía en las pasadas elecciones. “Se requiere sancionar, a gente que por conducta de este tipo vaya a la cárcel”, declaró el legislador.

Explicó que la regulación debe encaminarse en hacer compatible el principio de la libertad de expresión, con su límite, que es el derecho de un tercero.
En ese sentido, aclaró que la discusión ahora se centra en la ampliación del sujeto activo dentro de la tipificación del delito.

Dentro de la propuesta, que signa la diputada Dolores de los Ángeles Názares Jerónimo (PRD), se prevé se sancionen a “aquellos concesionarios o personas que permitan la transmisión de spots contratados por partidos, particulares o candidatos que denigren, calumnien o difamen a un tercero en precampaña o campaña”.

El proyecto reforma diversos artículos del Título Vigésimo Cuarto del Código Penal Federal en materia de delitos electorales, mediante los que impone sanciones que van desde cincuenta a doscientos días multa y prisión de uno a cuatro años, a las personas que hagan proselitismo mediante presión a los electores dentro de los tres días previos a la elección o durante la jornada electoral.

De igual forma, castiga a quien solicite votos por paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa durante las precampañas, campañas o la jornada electoral, y al que durante ese día organice o lleve a cabo el transporte de votantes, con el propósito de influir en el sentido de su voto.

También, se aplicará la misma sanción a quien realice, reciba o destine aportaciones en dinero o en especie a favor o en contra de algún candidato o partido en los montos superiores a los establecidos en la legislación federal electoral.

En este tenor, sanciona con dos mil a cinco mil días multa y la suspensión de cinco a diez años a los ministros de cultos religiosos que, en el desarrollo de actos públicos, induzcan, presionen o coaccionen al electorado a votar en favor o en contra de un candidato.

Para los candidatos que utilicen la “campaña negra” como método de proselitismo, se les impondrá de doscientos a quinientos días multa y prisión de dos a seis años; la misma medida se aplicará cuando utilicen fondos provenientes de actividades ilícitas o recursos provenientes del extranjero.

La disposición es más severa con los servidores públicos, ya que además de ser destituidos e inhabilitados hasta por ocho años del servicio público, se harán acreedores de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de uno a nueve años, si condiciona el cumplimiento de programas o la realización de obras públicas a la emisión del sufragio en favor de un partido político.

Lo mismo, se aplicaría a los que destinen fondos, bienes o servicios, tales como vehículos, inmuebles y equipos, al apoyo de un candidato. Y para quien proporcione documentos falsos al Registro federal de Electores se les impondrá de cien a quinientos días multa y prisión de dos a seis años.

JZM

 
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