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Nota N°. 6343 Aprueba Cámara de Diputados dictamen que crea la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil

Palacio Legislativo 14-09-2011 (Notilegis).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 372 votos a favor el dictamen que expide la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, que regula de manera más precisa la operación y registro de guarderías o estancias infantiles.

Al hacer uso de la tribuna para fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, Yolanda de la Torre, del grupo parlamentario del PRI, solicitó el apoyo de las fracciones para aprobar el dictamen que expide la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

La ley establece que será el Poder Ejecutivo, a través de dependencias y organismos, el encargado de elaborar, aplicar y evaluar el Programa Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

Esta nueva disposición crea el Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil que será encargado de coordinar y operar el registro nacional de guarderías y de los propietarios de las mismas.

Yolanda de la Torre dijo que esta nueva disposición obliga a atender las necesidades de alimentación, educación y seguridad, por lo que los centros de atención deberán crear su programa anual de actividades y atención de los menores.

A fin de evitar tragedias como la ocurrida en la guardería ABC, en Hermosillo, Sonora, en 2009, las autoridades realizarán visitas de verificación cada seis meses y de encontrar riesgos para los menores, el centro de atención será suspendido parcial o totalmente. Los prestadores del servicio serán sancionados con multas administrativas e incluso la cancelación del registro.

La legisladora dijo que las reglas de protección civil son normas muy rigurosas para los infantes, por lo que los centros de atención deberán cumplir con medidas de seguridad tales como salidas de emergencia, rutas de evacuación, extintores, detectores de humo, alarmas, equipo contra incendios, que serán evaluadas periódicamente por el Consejo.

Además, los centros de atención y cuidado de los menores no deberán contar con ningún establecimiento que ponga en riesgo a los niños, ya que éstos no podrán estar ubicados a una distancia menor a 50 metros.

Con el aval de todas las fracciones, el documento señala que quien impida la verificación de las instalaciones o modificar la estructura del inmueble sin previo permiso de la autoridad, el centro será acreedor a una multa. En caso de que algún menor pierda la vida, sufra lesiones graves o sea víctima de algún delito sexual, se cancelará el registro.

El Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil estará integrado por los titulares de las Secretarías de Desarrollo Social, Educación Pública, Trabajo y Previsión Social, DIF, ISSFAM, IMSS, ISSSTE y CDI.

Además de representantes obreros y del sector empresarial ante el IMSS y será presidido por la Secretaría de Gobernación.
El Ejecutivo deberá coordinarse con los estados, municipios y el Gobierno del Distrito Federal, para verificar el cumplimiento de la ley, firmar convenios con dependencias y entidades y asesorar a las autoridades locales.

IPC

 
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