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Nota N°. 6347 Avala el Pleno reforma a la Ley Orgánica de la Armada de México

Palacio Legislativo 14-09-2011 (Notilegis).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 369 votos a favor, 2 en contra y 5 abstenciones el dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Armada de México, cuyo fin es dar mayor eficacia a la participación de la institución en la protección de los litorales, en el combate a la delincuencia organizada y a la inseguridad.

Se establece una reestructuración de carácter organizacional y estratégico de los mandos navales, buscando adecuar las normas con la realidad de los fenómenos sociales, nacionales e internacionales.

En las consideraciones se expone que México enfrenta grandes amenazas a su seguridad nacional, lo cual obliga a contar con una Armada capaz de erradicar, disuadir o neutralizar las actividades ilícitas de cualquier agresor, ya que la comisión de delitos como el narcotráfico, el terrorismo, el tráfico de armas, la delincuencia organizada y otros de carácter internacional, no se limitan al territorio continental, sino que también se han extendido a la porción marítima.

Señala que se debe contar con un marco jurídico que con pleno apego a la Constitución Política, los tratados internacionales y las leyes que de ellos deriven, respalde tanto las actividades relativas a la defensa exterior, como las que derivan de la seguridad interior del país, buscando adecuar las normas con la realidad de los fenómenos sociales, nacionales e internacionales.

El dictamen fue modificado en el Pleno en 3 de sus artículos: el primero, segundo y tercero.
El presidente de la Comisión de Marina, Alejandro Gertz Manero, del grupo parlamentario de Convergencia, expuso los cambios acordados entre todas las fracciones.

El artículo primero debe decir: “La Armada de México es una institución militar nacional de carácter permanente, cuya misión es emplear el poder naval de la Federación para la defensa exterior y seguridad interior del país en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales y las leyes que de ella derivan”.
El segundo, fracción cuarta, debe decir: “Proteger el tránsito marítimo pluvial y lacustre en las zonas marinas mexicanas, aguas interiores navegables, y donde el Mando Supremo lo ordene, así como establecer las áreas restringidas a la navegación, incluidos los espacios aéreos correspondientes, en coordinación con las autoridades competentes, y de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los instrumentos jurídicos internacionales y la legislación nacional”.

Finalmente, el artículo tercero que fue modificado debe decir: “La Armada de México ejerce sus atribuciones por sí o conjuntamente con el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, cuando el Mando Supremo lo ordene o las circunstancias así lo requieran, se coordinará con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales y las leyes que de ella derivan”.
El dictamen pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

AMR

 
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