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Nota N°. 6451 Boletos de Mexicana de Aviación deben ser restituidos por otra compañía o dar reembolso en efectivo a usuarios, avalan diputados dictamen

Palacio Legislativo 27-09-2011 (Notilegis).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó una minuta por la que se garantizan los derechos de los usuarios de la Compañía Mexicana de Aviación y sus filiales con el reembolso de los boletos vendidos previo al proceso de quiebra de la aerolínea.

Con 390 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, los legisladores avalaron la minuta que envió el Senado de la República para que los boletos sean restituidos por otra compañía o bien el dinero sea reembolsado a los usuarios.

Ante el Pleno, el presidente de la Comisión de Comunicaciones, el diputado Ignacio Rubí Salazar, del grupo parlamentario del PRI, manifestó que la minuta que envió el Senado tiene el propósito de resarcir el daño patrimonial de Mexicana de Aviación en el caso de adquisición de boletos, los cuales no han podido hacerse efectivos.

Sin embargo, informó que las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes en la Cámara de Diputados, se realizaron modificaciones a los artículos 4, 5, 8 y 9, con la finalidad de abreviar los procedimientos para resarcir dicho daño.

El dictamen establece que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tomará las previsiones necesarias para recibir con oportunidad las quejas que los usuarios adquirientes de boletos de Mexicana de Aviación les presenten.

Con el conocimiento de tales quejas, la Profeco acudirá ante la Procuraduría General de la República (PGR), en sus oficinas en el Distrito Federal o en las delegaciones en los estados, para que actúe de acuerdo a sus atribuciones.

En caso de proceder, la PGR solicitará a la autoridad competente tomar medidas jurídicamente aplicables, para garantizar los derechos de los usuarios que adquirieron boletos en Mexicana de Aviación.

Asimismo, la Secretaría de Economía fijará el monto a resarcir a los usuarios, así como el procedimiento para hacer efectivo el reembolso, utilización o intercambio de sus boletos con la propia Mexicana de Aviación u otra aerolínea.

El documento establece que la Secretaría de Economía, la Profeco y la PGR estarán facultadas para cotejar documentos e información de lo que conste en el procedimiento de quiebra y suspensión de pagos y en general de los procedimientos derivados del concurso mercantil.

El decreto avalado por la Cámara de Diputados es de aplicación preeminente a cualquier disposición o procedimiento administrativo o judicial sobre acciones civiles, mercantiles, de quiebra o suspensión de pagos, de preferencia por derechos reales garantizados o de cualquiera otra índole.

ALRG/

 
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