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Nota N°. 6481 Avala el Pleno Criterios para Inscripciones de Honor en la Cámara de Diputados

Palacio Legislativo 29-09-2011 (Notilegis).- Con 344 votos a favor, cero en contra y una abstención, se aprobó el decreto por el que se expiden los Criterios para las Inscripciones de Honor en la Cámara de Diputados, con lo que se regularán los mecanismos para inscribir nombres, leyendas o apotegmas en el Recinto, pasillos o Plaza Legislativa.

El reglamento que aprobó la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, establece los mecanismos precisos que regulan las propuestas de nombres, leyendas o inscripciones que tienen referencia a la vida, obra o acción de personas o instituciones que resulten de trascendencia para el país y para la humanidad.

Desde la tribuna, el presidente de dicha instancia legislativa, Jesús María Rodríguez, dijo que hasta el momento existen 76 inscripciones con nombres de mujeres y hombres que tuvieron un papel relevante en la vida nacional como la Revolución, la Independencia y la Reforma. De aprobarse, se podrán dictaminar 32 iniciativas presentadas en la actual legislatura y tres de la legislatura pasada, precisó.

Debido a que el Muro de Honor del salón de sesiones está prácticamente cubierto con inscripciones, los homenajes se podrán colocar en otras áreas del Recinto, como salones, auditorios, pasillos o incluso edificios, sin que ello signifique un demérito de los tributos que la Cámara acuerde rendir a determinados personajes o hechos históricos.

Además, se establece que la propuesta deberá tener el respaldo de las dos terceras partes del Pleno para que proceda la inscripción, la temporalidad y el protocolo, previa aprobación de la Comisión.

Asimismo, la Comisión expedirá la convocatoria a instituciones públicas, científicas, tecnológicas, académicas, sociales, culturales y deportivas, para que presenten propuestas de inscripción cada tres años y, de ser necesario, solicitar opinión a instancias específicas cuyo punto de vista se considere relevante.

El dictamen aprobado por el Pleno señala en su artículo 9 que la inscripción se hará en el espacio físico adecuado, ya sea en la Plaza Legislativa, o bien en los salones o auditorios que habitualmente se utilizan para las reuniones de las comisiones ordinarias.

IPC

 
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