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Nota N°. 6941 Ascensos post mórtem a policías muertos en cumplimiento de su deber. Avalan diputados reforma a la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Palacio Legislativo 23-11-2011 (Notilegis).- La Cámara de Diputados avaló reformas a diversos artículos de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para otorgar un ascenso postmórtem al policía que fallezca en el cumplimiento de su labor.

Con 263 votos a favor, cero en contra y una abstención, los legisladores reformaron el artículo 91 y la adición 91 Bis de dicha Ley, a fin de que los beneficiarios del policía ascendido tengan derecho a recibir las prestaciones sociales correspondientes al grado inmediatamente superior al momento del fallecimiento.

El documento refiere que dichas modificaciones tienen la finalidad de fortalecer la seguridad social de los cuerpos policiales, motivar el cumplimiento de sus obligaciones, mediante la protección y seguridad a la esposa, hijos, familiares; o bien, la persona que haya designado como beneficiario.

Asimismo, subraya que es necesario avanzar en las demandas de la sociedad para contar con policías honestos, capacitados y que rindan cuentas a la comunidad.

Por ello, al adoptar medidas que alienten al cuerpo policiaco, como la promoción post mórtem, se adquiere mayor compromiso del policía a la Institución y a la ciudadanía, porque sabe que en una situación fatal, su familia va a estar resguardada y protegida económicamente.

ALRG

 
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