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Nota N°. 7110 Establecen diputados penas de 40 a 60 años de prisión para el delito de feminicidio

Palacio Legislativo 30-11-2011 (Notilegis).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el dictamen que reforma y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal y sanciona con penas de 40 a 60 años de prisión el delito de feminicidio.

El dictamen que presentaron las Comisiones Unidas de Justicia y de Equidad de Género, fue avalado con 279 votos y modifica también la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, con el objetivo de erradicar los homicidios contra mujeres en el país.

En la justificación de motivos, el documento establece que las reformas buscan tipificar el delito de feminicidio y determinar las bases para garantizar la investigación, persecución y sanción de este delito mediante modificaciones a los Códigos Penal Federal y Federal de Procedimientos Penales, las cuales responden a diversas recomendaciones internacionales como lo fue la señalada por el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer.

Asimismo, establece las bases para una investigación de los feminicidios, realizar modificaciones al Código Federal de Procedimientos Penales en el cual se incorporan elementos que deberán contener las autopsias, así como el procedimiento que deberán realizar las autoridades para la preservación de los cuerpos no identificados, la integración de una base de información y el manejo que la autoridad debe realizar a dichos cuerpos.

Los legisladores coincidieron en la urgencia de tipificar el delito de feminicidio como un método de prevenir la comisión de homicidios contra mujeres.

Por ello, a quien cometa feminicidio se impondrá de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días de multa. Al servidor público que con motivo a sus funciones conozca del delito y por acción u omisión realice prácticas dilatorias, se le impondrán de cinco a diez años de prisión, de quinientos a mil días de multa e inhabilitación a cinco a diez años.

ALRG

 
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