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Nota N°. 7449 Establecen diputados sanciones a quienes elaboren comida para animales con sustancias tóxicas o peligrosas

Palacio Legislativo 07-02-2012 (Notilegis).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 275 votos a favor, la reforma a la Ley General de Salud, con el que se establecen sanciones a quienes elaboren alimentos o agua de consumo animal con sustancias toxicas o peligrosas para la salud humana.

Las penas serán de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de cien a dos mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

En las consideraciones, se expone que el derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

Se precisa que el consumo de productos cárnicos derivados del ganado alimentado con beta análogos, como el clembuterol, que aumentan la masa muscular disminuyendo el tejido graso y aminorando la ingesta oral, ocasiona intoxicación en las personas que consumen estos productos, por lo que el uso de dichas sustancias constituye un riesgo a la salud.

Por lo anterior, se subraya la obligación por parte de las autoridades el llevar a cabo acciones tendientes a eliminar el riesgo antes mencionado.

“El clembuterol tiene efectos a corto y largo plazo y su relación con problemas por su consumo, principalmente cardiacos y del sistema nervioso, causando: taquicardia (palpitaciones), nerviosismo, temblores generalizados, temblores de los dedos, cefalea (dolor de cabeza), sudoración, insomnio, espasmos musculares, aumento de la presión arterial y náuseas, esto debido a su toxicidad al consumir carne contaminada, por lo cual su empleo en el ganado es ilegal”, señala el dictamen.

El dictamen fu turnado al Senado para sus efectos constitucionales.

AMR

 
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