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Nota N°. 221 Comunican procedimiento de la Comisión del Trabajo y Previsión Social para discutir el proyecto de dictamen de Reforma Laboral

Palacio Legislativo, 25-09-2012 (Notilegis).- La Comisión del Trabajo y Previsión Social comunicó este martes el procedimiento para iniciar la discusión del proyecto de dictamen de la iniciativa preferente que envió el Ejecutivo en materia de Reforma Laboral.

Al inicio de la sesión, el diputado Rafael Alejandro Micalco Méndez (PAN) leyó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) para desahogar la discusión del dictamen.

Para la discusión en lo general, se establece que:

1.- El presidente de la Comisión podrá exponer los fundamentos del dictamen hasta por 15 minutos.

2.- Podrá hacer uso de la palabra para fijar su posición, hasta por 10 minutos, un orador por cada grupo parlamentario, en orden creciente.

3.- La Presidencia de la Comisión informará de los artículos del Proyecto de Decreto que no hubieren recibido observaciones, así como de los que hubieren sido reservados y hayan recibido propuestas alternas de redacción.

4.- Hecho lo anterior, se procederá a la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

5.- Si el proyecto de dictamen hubiera sido aprobado en lo general por la mayoría de los votos de los diputados presentes, se procederá a la discusión en lo particular de los artículos reservados.

Sobre la discusión en lo particular establece:

1.- Harán uso de la palabra, hasta por cinco minutos cada uno, los diputados que hubieren reservado artículos en los términos del numeral Cuarto, fracción I del presente acuerdo y propuesto una alternativa distinta de redacción.

2. Luego de la intervención del diputado que hubiere reservado el artículo y presentada la propuesta de modificación o de adición, se consultará al Pleno de la Comisión, en votación económica si se admite a discusión la propuesta.

3. Si la respuesta es negativa, la propuesta se tendrá por desechada definitivamente.

4.- Si la respuesta es afirmativa, la Comisión determinará los términos de la discusión correspondiente.

5.- Luego de las intervenciones anteriores, la Presidencia de la Comisión consultará al Pleno de la Comisión, en votación económica, si se acepta la modificación o la adición propuesta; si la respuesta fuera negativa, se tendrá por desechada, pero si fuera afirmativa, el artículo de referencia se reservará para su votación nominal en conjunto, con la modificación o la adición aceptada, al término de la discusión en lo particular de los artículos reservados.

6. Cuando hubiere duda fundada, a juicio del Presidente, se procederá a votación nominal.

7. Agotada la discusión en lo particular, el Presidente dará lectura a la lista de los artículos reservados que se votarán en conjunto en los términos del dictamen y se recogerá la votación nominal correspondiente; a continuación dará lectura a la lista de los que se votarán en conjunto con la modificación o la adición aceptada, y la Secretaría recogerá la votación nominal respectiva. No habrá discusión alguna dado que la misma ya se produjo.

jgm

 
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