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Nota N°. 481 Diputado Arroyo Vieyra presenta iniciativa para emitir legislación secundaria de iniciativa preferente; urge aprobarla en este periodo ordinario, afirma

Palacio Legislativo, 30-10-2012 (Notilegis).- El diputado Francisco Arroyo Vieyra (PRI) presentó una iniciativa para emitir la legislación secundaria en materia de iniciativa preferente y consideró que es urgente su aprobación en el primer periodo ordinario de sesiones de la LXII Legislatura, que concluye en diciembre próximo.

Con esta propuesta se pretende que al iniciar el segundo periodo ordinario de sesiones, el 1 de febrero de 2013, el Congreso de la Unión y el próximo presidente, Enrique Peña Nieto, cuenten con un marco normativo que otorgue certidumbre al trámite legislativo que se dará a las iniciativas preferentes.

El legislador recordó que el pasado 9 de agosto del año en curso se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Reforma Política, que incluye en el artículo 71 lo referente a la iniciativa preferente.

Con esta reforma, el Presidente de la República puede presentar al inicio de cada periodo ordinario de sesiones hasta dos iniciativas con carácter de preferente, las cuales deberán ser dictaminadas en un plazo de 30 días en la Cámara de origen y en el mismo plazo en la revisora.

Arroyo Vieyra recordó que el carácter de preferente no limita de modo alguno las facultades del Congreso de modificar o rechazar en su totalidad las propuestas que presente el Ejecutivo, sino que simplemente incide en el plazo para el desahogo y resolución de las mismas.

El Congreso General conserva, intocada, su potestad de aprobar, modificar o rechazar las iniciativas del Ejecutivo.

El pasado 1 de septiembre, el presidente Felipe Calderón envió al Congreso dos iniciativas con la figura de preferente; la Reforma Laboral (a la Cámara de Diputados) y la Ley General de Contabilidad Gubernamental (al Senado).

Esta experiencia, señaló el diputado priista, constituye una valiosa fuente de aprendizaje para emitir la legislación secundaria.

La presente iniciativa, agregó Arroyo Vieyra, propone reformas a la Ley Orgánica del Congreso General, para que contenga las normas secundarias referidas al trámite legislativo para las iniciativas preferentes.

Precisa que las iniciativas de adición o reforma a la Constitución no podrán tener carácter preferente.

Establece que el Título Quinto de la citada Ley Orgánica sea “Del Trámite de las Iniciativas con Carácter Preferente”, cuya reglamentación se desarrolla en cuatro nuevos artículos, del 130 al 134.

Fija como plazo para iniciar el cómputo de 30 días, cuando el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de origen ordene el turno a la comisión, o comisiones, a las que corresponda formular el dictamen respectivo.

Regula varias hipótesis, como el hecho de que en la comisión correspondiente venza el plazo y no se logre un acuerdo, así como si fuese rechazada en su totalidad por la Cámara de origen y en el caso de que la Cámara revisora deseche, en todo o en parte, o modifique un proyecto de decreto.

Dada la urgencia que supone el estudio de los proyectos de ley o decreto con carácter preferente y a efecto de que ambas Cámaras del Congreso de la Unión elaboren sus dictámenes con celeridad, las comisiones dictaminadoras respectivas deberán sesionar, en tal caso, en conferencia.

Entre otras consideraciones se señala que no podrán acumularse al dictamen de las iniciativas preferentes otras iniciativas que versen sobre el mismo tema.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para su dictaminación.

JGM

 
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