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Nota N°. 1557 Proponen derogar la figura de esponsales del Código Civil Federal, que consiste en la promesa de matrimonio de futuros contrayentes

Palacio Legislativo, 23-01-2013 (Notilegis).- Las diputadas Verónica Beatriz Juárez Piña y Alfa Eliana González Magallanes (PRD) presentaron una iniciativa para derogar del Código Civil Federal la figura de los esponsales, que consiste en la promesa de matrimonio de futuros contrayentes, por obsoleta.

“La institución de los esponsales desde hace mucho tiempo se encuentra inoperante, obsoleta e inadecuada a las necesidades reales de la población, en virtud de que ya no responde a las expectativas de la sociedad actual”, indicaron las legisladoras en su exposición de motivos.

Señalaron que la promesa de matrimonio que se hacen los futuros contrayentes no genera derechos ni obligaciones a futuro, en virtud de que el matrimonio sólo adquiere validez jurídica al llevarse a cabo con las solemnidades y los requerimientos que establece el Código Civil Federal.

Los esponsales, agregaron, “sólo tiene importancia desde el punto de vista de la costumbre, pero no desde el punto de vista del derecho civil mexicano, por lo que la ley no obliga a contraer matrimonio ni a ejecutar lo que se hubiese convenido entre las partes para el caso de que no se cumpla.

“En la actualidad, debido a la liberalización de costumbres y a la disminución de la importancia social del matrimonio, los esponsales no tienen gran relevancia jurídica, aunque en el plano social perviven bajo la forma de noviazgo”, indicaron.

Las diputadas perredistas recordaron que la “convención sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad mínima para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios”, en el artículo 1o., inciso 1), prohíbe la institución de los esponsales por considerarlos prácticas reprobatorias de la sociedad.

Ese documento establece que “no podrá contraerse legalmente matrimonio sin el pleno y libre consentimiento de ambos contrayentes, expresado por éstos en persona, después de la debida publicidad, ante la autoridad competente para formalizar el matrimonio y testigos, de acuerdo con la ley”.

A pesar de que esa figura jurídica dejó de ser vigente para el derecho positivo mexicano, aún está prevista en el Código Civil Federal.

Legisladores locales en Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Jalisco, Distrito Federal, México, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Yucatán y Zacatecas han derogado la institución de los esponsales en los Códigos Civiles.

Sin embargo, aún se conserva en el Código Civil Federal y en entidades federativas como Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Colima, Durango, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Tlaxcala, Tamaulipas, Tabasco, Sinaloa y Veracruz.

La iniciativa de las diputadas Verónica Beatriz Juárez Piña y Alfa Eliana González Magallanes propone derogar los artículos 139, 140, 141, 142, 143, 144 y 145 del Código Civil Federal.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia.

JGM

 
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