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Nota N°. 2482 Avalan diputados nuevas disposiciones para prevenir la erosión del suelo en los ecosistemas de montaña

Palacio Legislativo 03-04-2013 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó por 353 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, reformas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, con lo que se establecen nuevas disposiciones para prevenir la erosión del suelo en los ecosistemas de montaña.

El dictamen, que reforma el artículo 132 de esa ley, surge de dos iniciativas del senador de la LIX Legislatura, Jorge Emilio González Martínez (PVEM), presentadas en diciembre de 2005 y se regresa al senado porque una parte de la minuta fue modificada.

Señala que las pendientes inclinadas y el aislamiento ecológico de las montañas sostienen una gran cantidad de ecosistemas que, a su vez, incluyen una diversidad considerable de especies de vida silvestre.

Las características físicas y ecológicas de las montañas hacen que estos ecosistemas sean hipersensibles a las alteraciones ambientales provocadas por el ser humano.

Entre estos aspectos se mencionan los cambios de los usos de suelo, la lluvia ácida y los efectos del cambio climático, entre otros, registrando modificaciones más intensas que los ecosistemas de las tierras bajas.

La minuta establece que los criterios ecológicos para la preservación y aprovechamiento sustentable del suelo no se consideren sólo en las actividades agrícolas, sino también en las actividades pecuarias, toda vez que éstas también conllevan impactos sobre el suelo y los ecosistemas de montaña.

También precisa un listado de asuntos que el gobierno federal debe atender de manera prioritaria en las zonas selváticas.

La reforma se encamina a que los aspectos de atención prioritaria, como el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, la diversificación del método de roza, tumba y quema, y la regulación de los asentamientos humanos, entre otros, sean atendidos no sólo en las zonas selváticas sino también en las de montaña.

Establece regular el desarrollo de actividades que impliquen el retiro de la vegetación natural de las montañas o predios con pendientes propensas a la erosión, a fin de prevenir impactos ambientales negativos.

Se señala la obligación, a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de expedir las normas oficiales mexicanas para prevenir la erosión del suelo en los ecosistemas de montaña.

Asegura que en los casos en que la erosión ya se haya manifestado, la propia Secretaría promoverá la declaración del lugar como zona de restauración ecológica.

Una parte de la minuta fue devuelta al Senado de la República, al haberse desechado un apartado avalado por la colesgialdora en un primer momento.

Este apartado señala que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), establecería módulos para recibir donativos en lugares públicos de influencia turística.

AMR/JGM

 
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