Palacio Legislativo, 11-05-2013 (Notilegis).- La diputada Mirna Esmeralda Hernández Morales (PRI) propuso mecanismos para evitar que los cuentahabientes pierdan sus ahorros si no realizan movimientos durante tres años.
Planteo que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) informe a los beneficiarios de las cuentas que están a punto de acabar en la beneficencia pública.
Hernández Morales informó en un comunicado que con ese objetivo presentó ante la Comisión Permanente una iniciativa que reforma los artículos 61 y 117 de la Ley de Instituciones de Crédito, y el 52 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
Afirmó que en la actualidad existen irregularidades en las instituciones bancarias que afectan negativamente los derechos de los clientes.
Recordó que hay cuentas bancarias que con frecuencia se convierten en cuentas heredadas o donaciones postmortem que no son notificadas a tiempo a los familiares beneficiarios, quienes pierden su derecho a usufructo de esos recursos.
La diputada priista recalcó que se tiene que informar a los beneficiarios de esas operaciones que se denominan cuentas no reclamadas y que además no tienen movimientos en un lapso de tres años.
En su iniciativa establece que las instituciones de crédito estarán obligadas a informar permanentemente a la Condusef de las cuentas consideradas en éste supuesto, para facilitar el acceso a estos recursos por parte de los beneficiarios.
También deberán informar sobre el registro de beneficiarios de cuentas que no tengan fecha de vencimiento, o que se renueven automáticamente y de inversiones vencidas y no reclamadas.
Señala que actualmente no hay obligación alguna por parte de la institución bancaria para realizar un procedimiento transparente, de tal manera que informe detallada y con razonable frecuencia sobre estos vencimientos no reclamados.
Esta situación supone que el banco retiene y hace suyo el patrimonio de otras personas al no avisar de estas cuentas, optando probablemente por la vía de la prescripción sin que pueda haber algún tercero interesado.
Insistió que en ocasiones las personas no conocen las cuentas que sus familiares fallecidos manejaban y de la que eventualmente son beneficiarios.
“Hace falta una instancia que registre la cuenta en el momento en que ésta adquiere la calidad de inactiva, después de tres años en que no recibió depósitos ni retiró de fondos”, para proteger el patrimonio de los ahorradores mexicanos. Indicó.
JGM
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