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Nota N°. 5131 Aprueban Diputados minuta que regresó el Senado sobre reforma constitucional al IFAI y la turna a los congresos estatales para su eventual ratificación

Palacio Legislativo 26-11-2013 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó, con 424 votos a favor, 16 en contra y cuatro abstenciones, la minuta que regresó el Senado sobre la reforma constitucional al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) y la turna a los congresos estatales.

El dictamen establece que es pública toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.

Asimismo, de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal.

Precisa que la información sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes.

El documento reforma los artículos 6, 73, 76, 89, 105, 108, 111 y 122 de la Constitución Política y requiere del aval de la mayoría de las legislaturas de los estados para que se envíe al Ejecutivo y se publique en el Diario Oficial de la Federación, con el fin de que entre en vigor.

De manera inicial, el Senado lo aprobó en diciembre pasado, lo turnó a San Lázaro, donde se modificó el 22 de agosto y se regresó a la Cámara alta, que lo avaló con nuevos cambios el pasado miércoles 20 de noviembre, y envió de regreso a la Cámara de Diputados.

La cámara baja dispensó este martes todos los trámites al documento y lo discutió de inmediato.

Con la reforma constitucional del IFAI se amplía la transparencia y rendición de cuentas, se otorga autonomía plena a este organismo y sus resoluciones serán inatacables, con el propósito de que el ciudadano cuente con mejores herramientas para evaluar a sus funcionarios y representantes.

Prevalecerá el principio de “máxima publicidad”, bajo el cual tendrán que operar las instancias que sean auspiciadas por parte del gobierno en sus diversos niveles.

Toda clase de información sobre los asuntos y recursos que manejan las instituciones públicas puede ser conocida por la ciudadanía, salvo excepciones previstas en la ley y que son las relacionadas con asuntos de seguridad nacional y con la información personal de los ciudadanos.

El IFAI podrá resolver, igualmente, los recursos que interpongan los particulares respecto a las resoluciones que determinen la reserva, confidencialidad, inexistencia o negativa de una información.

La legislación establece que sólo el consejero jurídico del Ejecutivo federal podrá apelar las resoluciones del IFAI ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y únicamente cuando puedan poner en peligro la seguridad nacional.

Los actuales comisionados del IFAI podrán formar parte del nuevo organismo autónomo por el tiempo que resta de su nombramiento y para ese propósito se debe presentar una solicitud formal al Senado de la República, que resolverá en un plazo de 10 días, y su eventual ratificación debe ser avalada por dos terceras partes de los legisladores presentes.

AMR/JGM

 
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