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Nota N°. 5145 Declara Mesa Directiva constitucionalidad de reforma en materia de candidaturas independientes en estados, municipios y Distrito Federal

Palacio Legislativo 27-11-2013 (Notilegis).- La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados hizo la declaratoria de validez a la reforma constitucional que permite candidaturas independientes en estados, municipios y Distrito Federal, tras ser avalada por la mayoría de las legislaturas locales.

La reforma fue ratificada hasta ahora por 17 congresos estatales y se remite al Senado para que también haga la declaratoria de validez y posteriormente se envíe al Ejecutivo federal para su promulgación y publicación.

Las legisladoras que la avalaron son: Aguascalientes, Baja California Sur, Coahuila, Chiapas, Durango, Guanajuato, Hidalgo, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Yucatán y Zacatecas.

Al emitir la declaratoria, el presidente de la Mesa Directiva en funciones, José González Morfín (PAN), señaló que se reforma el inciso E, adiciona el inciso O a la fracción IV del artículo 116 y se reforma artículo 122, apartado C, base primera, fracción V, inciso F, de la Constitución Política, en materia de candidaturas independientes.

Esta modificación constitucional surge de una iniciativa presentada por el diputado José González Morfín (PAN) y permite a ciudadanos competir para puestos de alcaldes, diputados locales y gobernadores, con lo que elimina la exclusividad de los partidos políticos para registrar a los aspirantes a nivel estatal.

Señala que las candidaturas independientes en el sistema jurídico obedecen a la necesidad de abrir nuevos cauces de participación para que los ciudadanos sin partido puedan ser elegidos en comicios periódicos, auténticos y realizados por voto universal en condiciones de igualdad y sin restricciones indebidas.

La reforma aprobada en el Congreso de la Unión, al ser constitucional, fue remitida en septiembre pasado a los 31 congresos estatales, por requerir el aval de la mitad más uno, para que se emita la declaratoria de constitucionalidad y se envíe al Ejecutivo federal para su promulgación.

YRE/JGM

 
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