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16:19:00 | 2009.02.10
Proponen diputados 75 años de cárcel a quien desintegre cadáveres
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La Cámara de Diputados inició el análisis de una iniciativa que propone sancionar con cárcel de 15 a 75 años a quien oculte, desaparezca, desintegre o sepulte de forma clandestina dos o más cadáveres.

En la sesión ordinaria en el Palacio Legislativo de San Lázaro, la bancada priista presentó la iniciativa que adiciona un Artículo 280 Bis al Código Penal Federal y que busca evitar la impunidad en casos como el del "Pozolero", quien desintegró con ácido más de 300 cuerpos.

El diputado federal Gerardo Octavio Vargas Landeros, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), dio a conocer la reforma que plantea que "en el supuesto de que el ocultamiento, destrucción o sepultura sea de dos o más cadáveres, sin la orden de la autoridad que deba darla, se impondrán prisión de 15 a 50 años".

"Cuando la muerte sea producto de la comisión de un delito, aun tratándose de uno, se aumentará hasta una mitad de la pena impuesta", es decir hasta 75 años de prisión", señala la iniciativa.

Asimismo se propone sancionar de 600 a mil días de salario mínimo de multa, sin tener derecho a la libertad bajo fianza, tratamiento preliberacional, libertad preparatoria o remisión parcial de la pena a quien realice prácticas de este tipo.

En la iniciativa se menciona el caso de "El Pozolero", uno de los criminales más buscados por las autoridades mexicanas y de Estados Unidos de América por la comisión, entre otros delitos, de la desintegración de más de 300 cadáveres que se presume habían sido asesinados por integrantes de grupos delictivos.

Agrega que la comisión de ese delito en la legislación vigente no es considerada como grave, a pesar de que el responsable aceptó públicamente su participación en los hechos que se le imputan y describió la forma como destruía los cadáveres que le llevaba otro individuo.

Se señala que en el Código Penal vigente, en su Artículo 280, se expone la penalidad a que se hacen acreedores quienes oculten, destruyan o sepulten un cadáver, que va de tres días a dos años de prisión, o de 30 a 90 días de multa.

De ese modo dicho acto ilícito se encuadra en la ley penal como no grave, con los beneficios que eso implica para el responsable y la evidente impunidad.

"La dificultad que se ha encontrado el Ministerio Público ante la gravedad del caso por no poder encuadrar la conducta delictiva del inculpado dentro de una disposición jurídica que considere a esta como un delito grave lo pone en la disyuntiva de arraigarlo o dejarlo libre por lo que hace a este delito", añade.

La enmienda reconoce la inconformidad social que ha generado esta laguna jurídica en el Código Penal Federal.

"Nos obliga a tomar una medida urgente sobre el particular, más aún si consideramos que la publicidad que se dio y se sigue dando a la detención de este sujeto y la forma pública como expuso el método que utilizó para deshacerse de más de 300 cadáveres", destaca. Duración: 0, reoc/m.

 
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