Carlos Loret de Mola, conductor: Está avanzando en las cámaras legislativas el análisis de la famosa Ley de Extinción de Dominio.
Las comisiones de Justicia y Estudios Legislativos del Senado revisaron 28 de los 66 artículos, avalaron ciertos candados para evitar que afecte a personas inocentes esta ley.
Acordaron que procede quitarle los bienes a aquella persona que se ostente o sea el titular de derechos cuando sea cómplice o haya encubierto a delincuentes.
Quedó establecido que será obligación del Ministerio Público demostrar o acreditar que cometieron ese ilícito.
Se dejó en corchetes el artículo 18 para determinar después si el embargo de los bienes a delincuentes se hará a petición de un juez o a petición del Ministerio Público.
Se aprobó que la prescripción del delito será en principio por un lapso de 20 años; se acordó también que la denuncia anónima por sí sola no será suficiente para iniciar el proceso de extinción de dominio, sino que el Ministerio Público debe determinar si acepta o no como prueba la denuncia.
Tampoco será suficiente la confesión del indiciado, sino que tienen que buscar testigos y pruebas. Hoy continuará la dictaminación. Duración 1´02´´, ys/m.
Nota: La nota también se transmitió en Canal 13 a las 07.14.
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