Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Óscar Mario Beteta
RadioFormulaCadenaNacional
06:30:00 | 2009.04.13
Fauzi Hamdan: Reforma a artículo 107
No media file is available. No media file is available. No media file is available. No media file is available.

Fauzi Hamdan, colaborador: La semana antepasada la Cámara de Diputados aprobó reformar el artículo 107, fracción séptima de la Constitución, para establecer que los juicios de amparo contra leyes en materia fiscal tendrán efectos generales: cuando se tramiten de manera colectiva, o cuando por su importancia y trascendencia así lo ameriten en los términos que señale la propia Ley de Amparo.

Igualmente, la reforma establece que la declaración de inconstitucionalidad de una ley fiscal no obtendrá efectos retroactivos, es decir, no se le devolverán los impuestos a aquellos que se hubiesen amparado, lo cual es congruente cuando se declara inconstitucional una ley con efectos generales, como ocurre en la acción de inconstitucionalidad y en controversia constitucional.

La reacción contra dicha reforma no se hizo esperar por algunos abogados firmantes de diversos desplegados en los periódicos; naturalmente, se trata de que perderán un negocio jugoso, ya que los amparos fiscales que prosperaban devolvían los impuestos a los contribuyentes amparados por cantidades exorbitantes, basta señalar que durante el sexenio pasado el monto de devoluciones ascendió aproximadamente a 47 mil millones de pesos.

La reforma propuesta no elimina el amparo, más bien lo democratiza, hoy en día una ley declarada inconstitucional sólo beneficia a quien se haya amparado, es decir, sólo protege al amparado. Duración 1’49´´, nbsg/m.

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos