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El Universal.com
08:45:00 | 2011.02.25
Dan a Peña derecho de "iniciativa preferente"
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Edo. Méx. Eduardo Alonso, reportero: Con 48 votos a favor, ocho en contra y cuatro abstenciones fue avalada la iniciativa de ley impulsada por el gobernador Enrique Peña Nieto que le permitirá, al principio de cada Periodo Ordinario de sesiones, presentar tres propuestas de ley que deberán ser dictaminadas antes de que concluya, e incluso puedan ser aprobadas el mismo día de su ingreso a la Cámara de Diputados local.

Ayer durante la Sesión Extraordinaria del Congreso mexiquense que inició sus trabajos con 66 de 75 diputados, para desahogar 24 puntos "urgentes", los votos de la bancada del PRI (39), de sus aliados Nueva Alianza (5), Partido Verde (3) y uno del Social Demócrata e incluso del Partido Convergencia y Partido del Trabajo, se impusieron a los de perredistas y panistas.

Estos dos últimos votaron en contra y en algunos casos se abstuvieron por considerar que con la iniciativa preferente el Gobernador en turno impondrá sus temas y ritmos a los diputados locales, es decir, afectará la autonomía del Poder Legislativo.

"En esta legislatura el PRI y sus aliados tienen mayoría, consideramos que con la iniciativa preferente se impondrán los temas y ritmos del gobernador; en otras palabras, el Poder Ejecutivo va a avasallar al Poder Legislativo con fines no precisamente que favorezcan a la mayoría de la población", comentó Juan Hugo de la Rosa, diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD), aseveración que compartió Gustavo Parra Noriega, del Partido Acción Nacional (PAN), quien consideró que el mecanismo de iniciativa preferente es bueno siempre y cuando no se utilice en un Congreso.

"Me parece que es una iniciativa que puede ser considerada como trasgresión a los límites de la autonomía del Poder Legislativo", dijo.

Las iniciativas preferentes que envíe el Gobernador deberán ser ingresadas durante los primeros 14 días de cada Periodo Ordinario y se deberán discutir y dictaminar antes de que concluya el periodo en el que fueron ingresadas; deberán tener la “etiqueta” de preferente al momento de ser ingresada.

El artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo establece que las iniciativas preferentes que presente el titular del Poder Ejecutivo podrán evitar ser analizadas en la Comisión respectiva y ser dictaminadas por el pleno legislativo el mismo día en que hayan sido presentadas, siempre y cuando se haya dispensado su trámite, es decir, su análisis en Comisión.

La Ley de Iniciativa Preferente establece que en aquellos casos donde las comisiones rechacen la propuesta legislativa, el Gobernador tendrá la capacidad de retirar la propuesta o de solicitar al pleno de la Cámara de Diputados que sea sometida a votación.

"La Asamblea no podrá rechazar la discusión de las iniciativas presentadas con carácter de preferente, pero no dictaminarlas en tiempo. Si después de discutidas dichas iniciativas no fueran aprobadas por la Asamblea no podrán volver a presentarse sino hasta el siguiente Periodo Ordinario", establece el artículo 86 de la ley. agb/m

 
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